Abusador condenado a 11 años de prisión

La Cámara Penal 1 de la Primera Circunscripción condenó a 11 años de prisión a un hombre por encontrarlo culpable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la relación de convivencia”. El veredicto se conoció este miércoles al mediodía, un día después de iniciado el juicio. La víctima era una persona del entorno familiar del imputado y al momento de producirse los abusos, en noviembre de 2013, tenía 12 años.

Por la mañana, luego de escuchar las testimoniales de los últimos cuatro testigos, el tribunal recepcionó los alegatos de las partes. El primero en hacer uso de la palabra fue el fiscal de Cámara, Maximiliano Cassina, quién solicitó 13 años de condena.

El fiscal basó su pedido en las dos declaraciones de la víctima, uno realizado en Cámara Gesell cuando era menor de edad y el otro durante el juicio que hoy culminó; el informe elaborado por la licenciada Marisa Samper de Cámara Gesell y las distintas testimoniales que se escucharon en cada audiencia.

El funcionario del Ministerio Público además describió que el acusado cumplía un rol de resguardo y cuidado de la víctima cuando la madre se iba a trabajar y que, valiéndose de esa confianza, de la ausencia de la progenitora y de vivir bajo el mismo techo, cometió los ataques sexuales.

La defensa del imputado, representada por Ricardo Gutiérrez, solicitó la absolución por el beneficio de la duda. El abogado dijo que no hubo una sola prueba directa que comprometiera a su cliente en el delito de abuso con acceso carnal.

El tribunal estuvo integrado por su presidenta, Silvia Aizpeolea, quién estuvo de manera presencial en la Sala de Debates Nº 1; mientras que los otros dos camaristas, José Luis Flores y Fernando De Viana, lo hicieron de forma remota a través del sistema de video conferencia Cisco Webex.

De manera presencial también estuvieron la secretaria Isabel Olguín Yurchag, el fiscal de Cámara, el abogado del imputado y los agentes judiciales Carolina Peñaloza y Álvaro López Sans.

Cabe aclarar que por tratarse de un delito de instancia privada en perjuicio de una persona menor de edad, no se consignan los datos identificatorios del condenado ni del damnificado a fin de preservar su identidad y derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad.

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