Presentan pedido de informe sobre el aislamiento y atención médica en los centros de paciente leves

Esta semana, el diputado Joaquín Mansilla, de Libres del Sur (parte del interbloque San Luis Unido), presentó un pedido de informe, con el de “fin conocer las condiciones de aislamiento y atención médica con las que son tratadas las personas contagiadas de coronavirus COVID–19 y la situación de los centros destinados a tal fin”.

En particular, el proyecto se refiere a los centros de atención de pacientes leves y asintomáticos, y destaca los casos que se conocieron en los últimos días, como el de la estudiante universitaria en la ex SCAC, el médico de Merlo y el bioquímico en Tilisarao.

“Presenté este pedido de informe para que el gobierno aclare estas situaciones. Ya estamos en los 300 casos de coronavirus en San Luis y hay muchas denuncias de que la atención en los centros de aislamiento es deficiente, que faltan materiales sanitarios, falta personal, falta mantenimiento. Hay mucha preocupación en la gente y deben corregirse a tiempo estos problemas”, dijo el diputado Mansilla.

El articulado del proyecto
ARTÍCULO 1.- Dirigirse al Poder Ejecutivo y por su intermedio a quien corresponda, para que tenga a bien informar sobre los puntos que se detallan a continuación:

– Informe detalladamente las condiciones edilicias de los denominados centros de leves para el tratamiento de pacientes con diagnóstico COVID – 19 positivo.
– Informe sobre las condiciones de aprovisionamiento, en cantidad y calidad, de los insumos necesarios para el funcionamiento de los centros mencionados en el punto anterior.
– Informe cuál es el programa o subprograma del Ejecutivo Provincial destinado al seguimiento y control de los protocolos destinados a reglar el funcionamiento de dichos establecimientos.
– Informe el monto del presupuesto ejecutado desde el mes de abril hasta la fecha para tal fin.
– Informe la capacidad actual para albergar pacientes leves de la provincia de San Luis a la fecha.

ARTÍCULO 2.- Se emplaza al Poder Ejecutivo de la Provincia a dar respuesta a lo solicitado en el término de quince (15) días.

ARTICULO 3.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y, una vez cumplido, archívese.

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