AdemĂĄs, el mismo Gobernador apoya al sistema. Los detalles del proyecto. La UCR presentĂł en la Legislatura un proyecto de ley para que se implemente el sistema de boleta Ășnica para las elecciones generales provinciales de octubre. Por otra parte, en las Ășltimas semanas el gobernador y candidato a presidente Alberto RodrĂguez SaĂĄ manifestĂł estar de acuerdo con el sistema.
SerĂĄ una boleta Ășnica para cada categorĂa de cargo electivo y deberĂĄ debe tener varios casilleros. Un casillero para votar por el candidato que se desea, para sufragar en blanco y para la firma del presidente de mesa. La medida de la boleta, no debe ser menor a 21,59 cm. de ancho y 35 cm de alto.
Para la elecciĂłn de gobernador, intendentes municipales y senadores provinciales, la boleta Ășnica debe contener los nombres de los candidatos titulares con sus respectivas fotos. En el caso de diputados provinciales y concejales, la Autoridad Electoral debe establecer quĂ©Â nĂșmero de candidatos titulares y suplentes deben ?gurar en la boleta Ășnica. En todos los casos, las listas completas de candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en a?ches o carteles de exhibiciĂłn obligatoria que deben contener de manera visible y clara las listas de candidatos propuestos por los partidos polĂticos.
Para facilitar el voto de los no videntes, se deben elaborar plantillas de cada boleta Ășnica en material transparente y alfabeto Braille, que llevarĂĄn una ranura en el lugar destinado al casillero para ejercer la opciĂłn electoral, que sirva para marcar la opciĂłn que se desee.
En caso de robo, hurto o pĂ©rdida del talonario de boletas Ășnicas, serĂĄ reemplazado por un talonario suplementario de igual diseño y con igual nĂșmero de boletas donde se harĂĄÂ constar con caracteres visibles dicha condiciĂłn. Deben tener serie y numeraciĂłn independiente respecto de los talonarios de boletas Ășnicas, ademĂĄs de casilleros donde anotar la secciĂłn, el distrito, circunscripciĂłn y mesa en que serĂĄn utilizados.
Los votos
Son votos vĂĄlidos aquellos en el que el elector ha marcado una opciĂłn electoral por cada boleta Ășnica oficializada.
Son considerados votos nulos:
a) Aquellos en el que el elector ha marcado mĂĄs de una opciĂłn electoral por cada boleta Ășnica
b) los que lleven escrito el nombre, la firma o el nĂșmero de Documento Nacional de Identidad del elector
c) Los emitidos en boletas Ășnicas no entregadas por las autoridades de mesa y las que no lleven la firma del presidente de mesa o la autoridad de mesa en ejercicio del cargo
d) Aquellos emitidos en boletas Ășnicas en las que se hubiese roto algunas de las partes y esto impidiera establecer cuĂĄl ha sido la opciĂłn electoral escogida, o en boletas Ășnicas a las que faltaren algunos de los datos visibles en el talĂłn correspondiente
e) Aquellos en que el elector ha agregado nombres de organizaciones polĂticas, listas independientes o nombres de candidatos a los que ya estĂĄn impresos
f) Aquellos donde aparecen expresiones, frases o signos ajenos al proceso electoral,
g) Aquellos en el que elector no ha marcado una opciĂłn electoral en la boleta Ășnica.
Son considerados votos en blanco sĂłlo aquellos que se manifiesten expresamente por dicha opciĂłn en cada boleta Ășnica.
Seguramente, el proyecto serĂĄ aprobado en la Legislatura, teniendo en cuenta que el oficialismo seguirĂĄ la lĂnea de apoyo al sistema que manifestĂł el Gobernador.