Conozca alguno de los puntos más interesantes de este proyecto de ley.

El lunes a la tarde, el ministro de Inclusión Social y Política Habitacional, Eduardo D’Onofrio, dio detalles a la prensa de la nueva Ley de Vivienda que su gabinete presentó el domingo 1ro de abril en la Legislatura. Básicamente, el objetivo del proyecto es que “aquellas viviendas a las que no se les ha dado un destino social y que ya han sido desadjudicadas”, puedan ser rápidamente “recobradas” por el Estado. 

Según explicó el ministro, la ley, en caso de ser aprobada, le permitirá al Gobierno tomar posesión de un inmueble desadjudicado y deshabitado con la simple certificación de un escribano, sin necesidad de iniciar en los juzgados de la provincia un juicio de desalojo, como se hace en la actualidad. De todos modos, si la casa, a pesar de estar desadjudicada, está habitada cuando concurran los agentes gubernamentales y el escribano, se deberá tomar el ya mencionado paso judicial.

Otro punto interesante de la ley es que las viviendas deberán ser habitadas dentro de los 15 días de entregadas. Quienes no puedan hacerlo dentro de ese plazo, “deben presentar la documentación correspondiente”, explicó D’Onofrio.

El proyecto de ley también busca implementar un “novedoso” sistema de comercialización de viviendas que no estén canceladas ni escrituradas. “Ahora, tanto las inmobiliarias como la gente que quiera comercializarlas, lo que debe hacer es ir a pedir al Programa Política Habitacional un certificado que habilite a ser comercializada la vivienda”, comentó el ministro, quien agregó que la ley “contempla severas sanciones para aquel profesional o persona jurídica que se preste a comercializar este tipo de viviendas” cuando no están canceladas.

Finalmente, el ministro destacó que la ley incluye un apartado que establecerá un plazo máximo de 90 días para la devolución del dinero a aquellas personas que ya no deseen formar parte de los planes habitacionales del Gobierno.