Ambos órganos emitieron partes de prensa omitiendo intencionalmente determinada información y con interpretaciones erróneas del fallo de la Corte.
Desde que el martes a la tarde se dio a conocer la posición de la Corte Suprema de Justicia con respecto al proyecto de semaforización presentado por la UTE (unión transitoria de empresas) encargada de la construcción del Corredor Vial Central, recientemente bautizado avenida Eva Perón, comenzaron los operativos de prensa del Gobierno provincial y la Municipalidad capitalina para atribuirse la victoria del fallo emitido por el Máximo Tribunal.
En una nota titulada “Avenida Eva Perón: La Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón al Gobierno de la Provincia de San Luis, contra la clausura de la municipalidad”, la Agencia de Noticias gubernamental destaca que, “luego de analizar la respuesta del municipio, las observaciones realizadas por Fiscalía de Estado y las ampliación presentada por la empresa constructora es que se hizo lugar se hizo lugar al proyecto avalado por el Gobierno Provincial”.
Por su parte, en su gacetilla de prensa, la Subsecretaría de Comunicación Pública de la Municipalidad “informó” que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ordenó a la Unión Transitoria de Empresas (UTE) a que concrete la obra de semaforización del Corredor Vial Central, teniendo en cuenta las observaciones que planteó la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad en el último proyecto presentado”.
De más está decir que ninguna de las 2 noticias es 100% correcta, ya que se decidieron omitir aspectos más que importantes. Primero y principal, la Corte dice que el informe que la Municipalidad debía realizar con respecto al proyecto de semaforización “no presenta observaciones sustanciales que permitan sostener que la propuesta no se debe llevar a cabo”, hecho que fue omitido por el parte de prensa municipal. A su vez, El Tribunal tiene en cuenta que “algunas” de estas observaciones ya se han “receptado y plasmado” en el proyecto presentado por la UTE, algo que el informe de la Agencia pasó por alto completamente.
Por su parte, en 2 partes diferentes del fallo en cuestión, el Máximo Tribunal insta a “a seguir los caminos necesarios y superadores”, que permitan una pronta solución al problema. De acuerdo al Gobierno, el fallo se refiere a la Municipalidad y a la UTE, interpretación con la que no está de acuerdo la asesora letrada del municipio, Estela Aragón. “Insta a las partes. En este proceso, las partes es la ADIF y el Gobierno de la Provincia, con participación de la Municipalidad”, dijo la funcionaria.
Sin embargo, en el punto 4 del fallo, donde el Máximo Tribunal hace esta exigencia por primera vez, claramente señala “que tanto la concesionaria de la obra como el municipio coinciden en que este tipo de medidas con una paliativo para la inseguridad vial que genera el estado inconcluso del ‘Corredor’, y que es necesario dar una solución más integral al problema, la Corte se ve exigida a instarlos a seguir los caminos necesarios y superadores, acordes a las necesidades de la población y a la magnitud de la construcción, que permitan su pronta conclusión”. Obviamente, y considerando que en ninguna parte de ese párrafo se menciona a la ADIF o al Gobierno provincial, está más que claro que cuando dice “instarlos” se refiere a la UTE y al municipio.
Luego, la Corte realiza este pedido una segunda vez, pero esta vez dirigiéndose “a los interesados”, antes de concluir pidiendo que se notifique “a las partes y a la Municipalidad de la ciudad de San Luis”.
Finalmente, Aragón destacó que “la corte le dio como máximo un plazo de 20 días y que si pueda estar antes, que lo informe”, cuando, en realidad, como bien ya informó La Gaceta, la Corte autoriza la implementación del proyecto de Semaforización, “debiéndose comunicar al Tribunal, en el plazo de 20 días, el estado de ejecución del referido proyecto, o con anterioridad si se finalizaron las obras”.