Además, se ordenó profundizar la investigación sobre las conductas de personas relacionadas a la causa. La Cámara Penal Nº 2 condenó a José Alberto Correa a la pena de prisión perpetua por el homicidio calificado por alevosía de Lorena Funes y Lucía Estela Zanon. Además, se ordenó profundizar la investigación sobre las conductas de personas relacionadas a la causa.
En el veredicto se dispuso profundizar la investigación a Rosario Noemí Barroso y Javier Adolfo Díaz, (por la posible comisión del delito de encubrimiento), Ramón Adrián Medero (hijo), Teófilo Escudero y Raúl Eduardo Torres Villalongo para sus actividades desde las primeras horas del día 7 de marzo de 2010, ante la posible responsabilidad penal en la ocurrencia del hecho.
Previamente a la sentencia, se realizaron los alegatos. En primer lugar, el Dr. Cándido Assat realizó una reseña del día del crimen y detalló evidencias claves como el celular de Lucía Zanon, se encontraba en el lugar donde fueron hallados los cuerpos sin vida y posteriormente, que ese celular fue secuestrado en la casa de Díaz, a quien Correa le había vendido.
Seguidamente, el Dr. Pablo Garro hizo hincapié en distintas pruebas acumuladas contra el imputado en las que no se pudo ratificar la manera en que obtuvo el celular, además que lo vendió a Díaz y que el padre de Correa le pidió a la Sra. de Díaz que haga desaparecer el teléfono móvil, además de las pruebas de ADN. Ante lo expuesto, la Querella solicitó la pena máxima de reclusión perpetua.
Por su parte, el Fiscal de Cámara Fernando Rodríguez, en primer lugar adhirió a las pruebas manifestadas por los representantes de la familia de las víctimas. Además, hizo un análisis del debate, en el que rescató que no se profundizó la investigación sobre la persona que acompañaba a Correa en el auto, tampoco sobre los declarantes Torres Millalonco y Escudero.
El fiscal también sostuvo que no se investigó el robo del celular y no se preservó la escena del crimen. Asimismo, destacó que se recogieron pruebas fundamentales como las pericias de ADN, la de los restos de pintura que se condicen con el auto del imputado y la pericia psicológica en la que Correa presentó hipersexualización, egocentrismo y narcisismo para satisfacerse. “No hay un solo elemento que ponga en otro lugar a Correa, que no sea el de la escena del crimen”, agregó el Dr. Rodríguez. Para finalizar, la Fiscalía solicitó a la Excma. Cámara, la condena de reclusión perpetua.
La defensa del imputado, representada por el Dr. Camilo Montero Mendoza, alegó que hubo una manipulación de las evidencias y que en este proceso de debate oral, se lograron rescatar dudas y no certezas. Por lo que planteó la nulidad absoluta de las pruebas de ADN y solicitó que se sentencie otorgando la absolución de Correa, por el beneficio de la duda.
Atento a lo manifestado, la Fiscalía pidió al Tribunal, el rechazo del planteo de nulidad de ADN -solicitado por la defensa-, por considerarlo atemporal y desistido en su oportunidad.