En primer término es importante destacar que en las cuentas de inversión, desde la Municipalidad no se consignaron los montos de alquileres para que vivieran varios funcionarios de Ponce “que si bien se trata de contrataciones de objeto expresamente prohibido en por nuestra Carta Orgánica Municipal, estos importes han generado una obligación al erario municipal que debió ser expuesta”, dice el Tribunal.
El informe destaca que sobre varios puntos se requirió información a la Municipalidad para que se aclararan diversas cuestiones sin que haya sido contestado en la actualidad, lo que contribuye a la falta de transparencia, entendiendo la misma como el acceso libre y sencillo a la información sobre la gestión. En contrapartida, desde Transpuntano y el Centro de Disposición Final contestaron todos los requerimientos del Tribunal.
De acuerdo a la Municipalidad se ejecutó el 86,64% del presupuesto 2012. Pero el Tribunal dice que el porcentaje obtenido no consideró la totalidad de los recursos percibidos y que no se incorporaron al presupuesto mediante los decretos correspondientes. Entonces, si se hubieran incorporados tales decretos, la ejecución presupuestaria sería del 82,87%, ya que el presupuesto fue de $256.308.323,65 sobre el cual los ingresos percibidos fueron por $212.396.731,39.
Sobre los recursos de jurisdicción nacional, desde la Municipalidad se sostuvo que hubo una ejecución del 105,25%. El Tribunal determinó que los recursos provenientes de Nación ascendieron a $18.427.226,17 pero se incorporaron mediante decretos a la ejecución de gastos apenas $9.380.332,80. De haberse incluido el monto señalado, la ejecución de recursos provenientes de Nación sería del 69,30%.
Pero el monto no asignado por decreto en el presupuesto 2012 se pasó al de 2013, mediante decreto de enero de este año bajo el rubro de “ampliación” cuando correspondía hacerlo bajo el rubro “creación de partida”.
Se encontraron diferencias en los montos de la ejecución presupuestaria de las erogaciones reales con las órdenes de pagos. “Se observa una inconsistencia entre ambos informes emitidos por el mismo ente (Contaduría General), no pudiendo determinarse cuál es el verdadero”, dice el informe.
Además, se encontraron inconsistencias en las órdenes de pago. Entre las que se destaca la falta de correlatividad numérica y cronológica lo que “produce un impacto significativo en el sistema de control”.
Como ejemplo, se cita la orden de pago 2410 de fecha 6 de diciembre de 2012 que pasa a la 9999 con fecha de 4 de enero de 2012.
La deuda exigible a proveedores en 2012 fue de $157.878,77, según se consignó desde el Municipio. Cuando desde el Tribunal controló el listado de órdenes de pago y realizó la sumatoria de los importes impagos al 31 de diciembre de 2012, los importes no coincidieron, aunque “a fs. 407 se informan deudas que en las órdenes de pago figuran canceladas”.
“El resultado económico y financiero no es representativo de la realidad”, es una de las conclusiones del Tribunal de Cuentas.
Transpuntano
En el patrimonio de la empresa se observó un aporte irrevocable de $13.489.165,60 pero cuando se estudiaron los ocho decretos de tal aporte se notó una diferencia de $10.834,40
Por otro lado, es llamativo el incremento del 286% en gastos y comisiones bancarias y el aumento del 108% en honorarios profesionales.