Conozca las atribuciones que tendrá el nuevo cuerpo. El texto completo de la ley. Diputados aprobó por unanimidad y convirtió en ley el proyecto para la creación y funcionamiento del Colegio Público de Profesionales de Educación Física. La nueva institución tendrá como finalidad regular el ejercicio de la profesión en el territorio provincial.

Entre algunas de sus muchas funciones, el Colegio tendrá como atribuciones otorgar y controlar la matrícula de los Profesionales de la Educación Física en el ámbito de la Provincia, asegurando un correcto y eficaz ejercicio profesional; promover el progreso de la Educación Física; defender los derechos de sus colegiados en el libre ejercicio de la profesión y propender a la ética, armonía y decoro de la misma.

Para ejercer la profesión de Educación Física y gozar los beneficios de esta ley, se requerirá.

-Poseer título habilitante de Educación Física expedido por Universidad o Instituto Universitario, estatal o privado reconocido, nacional o provincial o extranjero cuando las leyes le otorguen validez;
-Poseer título habilitante de Educación Física expedido por Instituto de Educación Superior no universitaria, estatal o privado reconocido, nacional o provincial;
-Estar inscripto en la matrícula del Colegio de Profesionales de Educación Física.

No podrán ejercer la profesión:
-Los incapaces o los inhabilitados judicialmente;
-Los que no se encuentren matriculados en el Colegio;
-Los suspendidos o inhabilitados por el Colegio, por el tiempo establecido en la resolución;
-Los suspendidos o inhabilitados para el ejercicio de la profesión en otra jurisdicción por Autoridad competente

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