La iniciativa, por un lado, modifica el artículo 2º de la Ley 19.032 (PAMI), incluyendo como beneficiarios del Instituto a los bomberos voluntarios registrados que carezcan de otra asistencia o cobertura de salud.

Por otro lado, incorpora un segundo párrafo al artículo 21º de la Ley 25.054 (Bomberos Voluntarios), estableciendo que recibirán las prestaciones sanitarias y sociales, integrales, integradas y equitativas, tendientes a la promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, organizadas en un modelo prestacional conforme la Ley 19.032, siempre que no cuenten con otra asistencia o cobertura de salud.

“Estas actividades de responsabilidad y compromiso social deben ser sostenidas y promovidas desde el Estado, a través de iniciativas legislativas que establezcan instrumentos concretos a fin de reconocer, fortalecer y acompañar a todos los ciudadanos que compartan esta vocación de servicio social, más allá de sus intereses personales”, dice el comunicado del senador.