Solano Ayala solicitó sus dos primeras prórrogas entre octubre y diciembre de 2013, que fueron renovadas parcialmente mediante otras dos prórrogas, otorgadas por las acordadas Nº 173/14 y 373/14, para que dictara 127 sentencias definitivas y 204 autos interlocutorios. El juez dictó 54 sentencias definitivas y 97 autos interlocutorios hasta el pasado 27 de febrero, menos de la mitad del trabajo que tenía pendiente, según el Acuerdo Nº 80/15.
Por su parte, el Superior Tribunal decidió poner un límite a la cuestión de las prórrogas para combatir la mora judicial en la provincia emitiendo la acordada 234/14 en mayo del 2014. La acordada establecía que los juzgados civiles y de familia de todas las circunscripciones judiciales debían, al 1º de enero de 2015, cesar con la mora en el dictado de sentencias definitivas e interlocutorias, bajo pena de incurrir en el supuesto de mal desempeño. A pesar de lo mencionado, los magistrados “podrán solicitar como máximo una sola prórroga de plazo para el dictado de sentencias y autos interlocutorios por cada expediente y que la misma no podrá exceder el plazo máximo de 30 días”, dice la acordada 234/14.
Pero el máximo tribunal provincial emitió el pasado 5 de marzo una acordada en la que contradice lo mencionado anteriormente. Le otorgó a Solano Ayala una prórroga de 60 días para que dicte 73 sentencias definitivas y 107 sentencias interlocutorias.