Establece las condiciones de inscripción, habitabilidad y desadjudicación, entre otras cuestiones. El Concejo Deliberante aprobó una ordenanza que establece las condiciones de inscripción, habitabilidad y desadjudicación, entre otras cuestiones, de las viviendas municipales. La Municipalidad tenía un vacío legal en este sentido debido.

Originalmente, el municipio capitalino remitió el proyecto de adhesión a la ley provincial de vivienda, pero ante los anuncios del pasado lunes de la titular de la Secretaría de Vivienda en que se reformará la ley, la ordenanza aprobada contempla tales cambios.

La flamante ordenanza establece que para poder estar inscripto en un plan de vivienda municipal, el interesado de tener cinco años de residencia en la ciudad. La reglamentación de la actual ley provincial establece dos años de residencia, pero la reforma incrementará el piso.

Una vez entregada la vivienda se exigirá una habitabilidad del adjudicatario de 15 años con el objetivo de evitar la venta y alquiler de la vivienda social.

“Vemos que un montón de viviendas han sido utilizadas para un montón de fines y no para el fin básico que es el social”, comentó el edil K, Federico Cacace, en sintonía con la postura del Gobierno.

Otro importante aspecto de la ordenanza es lo relativo a la desadjudicación de la vivienda. El adjudicatario perderá la casa si no paga tres cuotas consecutivas o cinco alternadas.

“Mucho esfuerza cuesta al Gobierno municipal llevar adelante los planes de vivienda y creo que quien logra ser adjudicatario debe cumplir con su parte que es la contraprestación que es el pago de la cuota”, finalizó el edil.