La flamante medida oficializada el viernes se suma a la catarata de disposiciones del máximo tribunal provincial que no fomentan el trabajo.

El Superior Tribunal resolvió otorgar licencia con goce de haberes a los empleados judiciales en el día de su cumpleaños. La flamante medida oficializada el viernes se suma a la catarata de disposiciones del máximo tribunal provincial que no fomentan el trabajo.

En el acuerdo 481, el Superior Tribunal establece sin fundamento jurídico, pero que “advierte procedente a los fines de facilitar la celebración de una fecha especial para los agentes como lo es el día del aniversario de su nacimiento, favoreciendo el desarrollo de los vínculos familiares y sociales”.

“La licencia por aniversario de nacimiento” no será trasladable y no afectará el presentismo. El empleado que haga uso de ella deberá comunicar su utilización dos días hábiles de antelación por correo electrónico.

Otro aspecto del citado acuerdo es que se incorpora la licencia por unión convivencial, lo que es pertinente dado los cambios en el Código Civil.

El pedido de otorgar licencia de cumpleaños y por unión civil fue por pedido del Sindicato de Empleados Judiciales Puntanos (SIJUPU), organismo al que últimamente el Superior Tribunal complace en sus solicitudes.

Prueba de ello es el llamado a concurso para secretarios de juzgados de 1ª instancia donde se les otorga mayor puntaje a los empleados judiciales que son abogados sobre el letrado que no lo es. Otro beneficio referido a tal concurso es eximir a los abogados empleados judiciales de la presentación de la matricula profesional, tal como informó La Gaceta hace varios días. Ante tales medidas del Superior tribunal, el Colegio de Abogados de San Luis interpuso una demanda.

Como se consignó al principio de la nota, el Superior Tribunal tiene una tradición en tomar medidas que no fomentan el trabajo. Se trata de mover los feriados judiciales a su antojo para que en el ámbito judicial haya fines de semana largos.