Se desempeñaba en la escuela de un paraje. El Ministerio de Educación inició un sumario y apartó del cargo al director de la escuela rural del paraje Pozo del Molle, por no cumplir con sus obligaciones pedagógicas destinadas a los alumnos que asisten a esa institución.
El martes 6 de marzo de este aƱo, en el inicio del ciclo lectivo, la ministra de Educación, Natalia Spinuzza, inició una gira por escuelas rurales de la provincia junto a su equipo de trabajo. Una de las escuelas que visitó fue la NĀŗ 171 āPintor Bladimiro Melgarejo MuƱozā del paraje Pozo del Molle, en el departamento Ayacucho, donde se tomó conocimiento que una joven de 15 aƱos repetĆa hacĆa 8 aƱos la escuela y durante mucho tiempo fue la Ćŗnica alumna.
A raĆz de esta situación, el Ministerio le solicitó al director Juan Carlos Astudillo ciertas adecuaciones para desarrollar las actividades escolares de manera acorde y para beneficio de los chicos como corresponde, e incluso se realizaron posteriores visitas a la escuela en varias oportunidades durante el primer semestre, tanto por parte de las supervisoras y como asĆ tambiĆ©n por los jefes de programa de los distintos niveles educativos.
Al no ver ninguna evolución ni voluntad por parte del director para revertir el grave daƱo que venĆa ocasionando en la educación de los chicos y teniendo en cuenta que es un deber ineludible garantizar el interĆ©s superior del niƱo en su faz integral y en especial en su etapa escolar -establecido en la Convención Internacional de los Derechos del NiƱo-, la ministra Spinuzza instruyó un sumario administrativo al director por no cumplir con la implementación de actividades curriculares que permitan alcanzar los objetivos pedagógicos del nivel primario.
El informe de auditorĆa seƱala que Astudillo no ha realizado las gestiones correspondientes para resguardar el derecho a la educación de los cuatro alumnos a su cargo, no posee registro de visita domiciliaria y no ha comunicado la situación ante las numerosas inasistencias de los alumnos en general. AdemĆ”s, el informe manifiesta que otro alumno no ha adquirido aĆŗn las competencias mĆnimas de lectura y escritura, y tampoco se registran actividades o estrategias de adecuación a la trayectoria escolar de alumnos.
En relación a lo antes señalado, con respecto al incumplimiento de tareas por parte del director indica que el docente no llevó a cabo ningún tipo de proyecto pedagógico para acompañar la trayectoria escolar de alumnos con sobreedad que permitiera generar el avance de los aprendizajes, brindando de esta manera la posibilidad de incorporarse en el Ômbito escolar a grupos de pares, entre otros aspectos.
En cuanto al Proyecto Educativo Institucional y el Proyecto Curricular se estableció que los mismos son inadecuados y desactualizados. Por otra parte, se constató el mal estado edilicio, lo cual no fue notificado por Astudillo a las autoridades correspondientes.
Desde el Ministerio de Educación sostuvieron que a raĆz de estos incumplimientos del director, no se han resguardado los derechos a la educación de los alumnos ni se ha garantizado el trayecto formativo correspondiente al nivel primario de la enseƱanza, ofreciendo a los estudiantes una propuesta pedagógica acorde a las necesidades, intereses e inquietudes de niƱos con sobreedad para el nivel y aquellos que deben iniciar su proceso formativo.
Por Ćŗltimo, no hubo preocupación docente por la asistencia irregular de los alumnos a clase, quienes no registran mĆ”s de 10 dĆas de asistencia en el primer perĆodo del ciclo lectivo 2018, ni tampoco por crear un espacio digno para el desarrollo de las actividades escolares.