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ras una larga lucha, el Máximo Tribunal le dio la razón a la Provincia en la causa que originó en 2015, en la que San Luis reclamaba retenciones del 15% de ANSES y del 1,9% por parte de AFIP, que discriminado, son $11.500 millones del primer organismo y $3.500 del ente recaudador. La suma redondea los $15 mil millones.

La gran novedad fue publicada por varios medios nacionales y confirmada a la Agencia de Noticias del Gobierno por el fiscal de Estado de San Luis, Eduardo Allende, quien se encuentra en la Corte para notificarse de la medida.

La decisión fue firmada por los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, la mayoría del tribunal que es independiente del PRO.

“Es un momento muy importante para la provincia, tras 10 años de litigar, finalmente la Corte Suprema define el monto que el Estado Nacional adeuda a San Luis”, expresó desde Buenos Aires el fiscal de Estado.

Agregó que resta ahora esperar que el gobierno nacional “tenga la responsabilidad institucional y respeto por el federalismo y se disponga a hablar con nuestra provincia para acordar el mecanismo de pago de esta deuda”.

Durante el programa del periodista Jorge Lanata, el primero en difundir esta noticia, se dijo que este fallo significa “un revés para el gobierno nacional, con un alto impacto económico en materia de coparticipación, ya que se trata de $15 mil millones”.

El surgimiento de la deuda

La deuda se reclamó en base a dos juicios por medidas tomadas por el kirchnerismo. El primer juicio fue en 2003 cuando se demandó la inconstitucionalidad del decreto 1399/01, mediante el cual Nación le quitaba a la Provincia1,9% de la masa coparticipable para el financiamiento de la AFIP. Este decreto se originó por una decisión unilateral del gobierno kirchnerista, en contravención expresa a las disposiciones de la Constitución y de la Ley de Coparticipación.

La segunda causa de 2009 y muy similar a la primera. La quita de fondos fue para el financiamiento de la ANSES.

Cabe recordar que a fines de noviembre de 2015, la Corte declaró inconstitucional la deducción del 15% de la masa de impuestos coparticipables que realizaba el Estado Nacional, sin el acuerdo de las provincias para financiar ANSES y AFIP. Ordenó el cese del descuento del 15% que varios meses después se empezó a cumplir. Según cifras de 2015, el Gobierno empezó a recibir $140 millones extra al mes.

El máximo tribunal también ordenó la suma retenida indebidamente desde el 1° de enero de 2006 más los intereses que correspondan otorgando un plazo de 120 días desde que las partes acuerden el monto a pagar.

Desde entonces, Provincia y Nación no llegaban a un acuerdo sobre el tipo de tasa de interés que se debía aplicar para el pago de la deuda, lo que determinaba distintos montos a abonar.

Provincia aplicó a la deuda una tasa activa y Nación una pasiva. El argumento para utilizar la tasa activa del Banco Nación para calcular los intereses de la deuda es porque se utiliza habitualmente en los tribunales. La aplicación de la mencionada tasa activa redunda en monto superior en intereses a la pasiva. Hubo una serie de reuniones entre las partes, pero no se llegó a ningún acuerdo.

Por lo tanto, en mayo de 2018, el Gobierno provincial recurrió a la Corte para que determine cuál de las dos tasas se debía aplicar para determinar los intereses.