El día de ayer, la Cámara de Casación Federal decidió condenar a Sergio Freixes y Edgar Mario Zavala a 6 años de prisión por los delitos de amenazas y coacciones, realizadas en contra de la ex jueza Marina Ziliotto en los años 2004 y 2005, cuando se desempeñaban como ministro y viceministro de la Legalidad, respectivamente.
Con este fallo, la Cámara de Casación Federal no solo ratificó la condena que Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis dictó en noviembre del año pasado, sino que la amplió, llevándola de 5 a 6 años de prisión. Este se debe a que el Tribunal de San Luis condenó a Freixes y Zavala por coacción agravada, pero los absolvió en el caso de las amenazas.
“La potestad de esta Cámara para corregir el error del a quo, dictando la respectiva condena y fijando la pena correspondiente, resulta indudable”, destaca el presidente de la Cámara Federal de Casación Penal, Gustavo Hornos.
El día de hoy, Sergio Freixes se encuentra en funciones como Ministro de Producción de la provincia, mientras que Zavala hace años abandonó la función pública y, a mediados de junio, pidió entrar al programa de Protección de Testigos de Justicia de la Nación. Para más detalles de esta causa conocida como “renuncias anticipadas de jueces”, no dejes de leer esta nota.
El fallo de la Cámara de Casación además decide mantener la pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos por 10 años y, claro está, rechaza los recursos de casación deducidos por las defensas de Freixes y Zavala.
El fallo de la Cámara de Casación Federal
I.HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por el Fiscal General, y por mayoría, CASAR y REVOCAR la absolución dispuesta en el punto IV de la sentencia recurrida y, en definitiva, CONDENAR a Edgar Zavala y Sergio Freixes como coautores penalmente responsables del delito previsto en el art. 149 bis, segundo párrafo, del C.P. en relación al hecho ocurrido el 28 de octubre de 2004, en concurso real con el previsto en el art. 149 ter, inc. segundo, apartado a), del C.P. por el hecho acontecido el 15 de marzo de 2005, a la pena de SEIS (6) años de prisión, manteniendo la inhabilitación dispuesta y restantes accesorias legales. Sin costas en esta instancia (arts. 530 y ss. del C.P.P.N.).
II. RECHAZAR los recursos de casación deducidos por las defensas de Sergio Freixes y de Mario Edgar Zavala. Por mayoría, sin costas en esta instancia (arts. 530 y 531 in fine del C.P.P.N.).
III. TENER PRESENTE las reservas del caso federal.