AĀ raĆz de la denuncia que hizo ayer San Luis Unido sobre la supuesta violación de la veda electoral de actos de gobierno por parte del municipio capitalino durante el acto de entrega de la posesión de los lotes del Programa Tu Techo Tu Tierra, un funcionario de la gestión Ponce desmintió que se incurriera en el delito. El argumento es que la ley electoral provincial establece que la veda mencionada son siete dĆas de la elección y no 15 dĆas como establece el Código Electoral Nacional (CNE) y la elección municipal se rige por la ley provincial.
āLa fuerza polĆtica que ha presentado este planteo es la que estĆ” liderada por Claudio Poggi que es quien gobernaba la provincia cuando fue sancionada la ley 838 del aƱo 2013, que en su artĆculo XIII dispone, textualmente, que durante los siete dĆas anteriores a la fecha fijada para la elección no se podrĆ”n realizar actos de gobierno y/o publicidad oficial nacional, provincial o municipal que puedan inducir al sufragio a favor de cualquier candidatoā, expresó el secretario Legal y TĆ©cnico, Ignacio Campos
āEsta es la ley provincial, cuyo autor material e intelectual fue Claudio Poggi, es la que en la actualidad se encuentra vigente y es absolutamente clara cuando se refiere los Ćŗltimos siete dĆas anteriores a la realización de la elección. Esta ley sin lugar a dudas rige para las elecciones municipales porque es de obligatoria aplicación para las elecciones que se realicen en la provincia de San Luis, salvo las elecciones nacionalesā, continuó con su argumento.
Es importante seƱalar que el cronograma electoral que estableció el Tribunal Electoral Municipal fijó como fecha de la veda de actos de gobierno el pasado 26 de octubre en base al CNE, 15 dĆas antes de la fecha de la elección.
āEn cuanto a los que resuelven ya no puedo presuponer si se olvidaron o se equivocaron, o es un error involuntario, porque quienes administran justicia, en este caso los miembros del Superior Tribunal, tienen la obligación de conocer el Derecho, bajo la posibilidad de aplicación de sanciones bastante complicadas en caso de desconocimiento. Deben saber los integrantes del Tribunal que existe una norma provincial que fija un plazo y que no es de aplicación el Código Electoral Nacional que fija un plazo distintoā, criticó el funcionario.
Finalmente, Campos mencionó que hasta el sĆ”bado 2 de noviembre se pueden realizar la publicidad de actos de gobierno y que la veda comienza el domingo 3. āPodemos discutir si es viernes a las cero horas o sĆ”bado a las 8 de la maƱana, concluyó.