Esta semana, la concejal Agustina Arancibia Rodríguez, de Unidos por San Luis, presentó un proyecto de accesibilidad cultural para personas en sillas de rueda, el cual busca establecer que se disponga “que los cines, auditorios, teatros, universidades, iglesias, salas de exposiciones, y estadios deportivos y demás eventos realizados en ambientes cerrados, deberán contar con un espacio exclusivo para espectadores que utilicen silla de ruedas de manera permanente, equivalente al 2% de la capacidad total del lugar, el que no nunca podrá ser inferior este 2% a dos (2) butacas”.
En diálogo con La Gaceta Digital, la concejala explicó que existe una ordenanza que establece que el 2% de la capacidad del lugar tiene que estar destinada a personas en sillas de rueda o con movilidad reducida, pero llevado a la práctica implica que “la persona deje su silla de ruedas y se siente en la butaca de, supongamos, un cine”. “Sin embargo, hay personas que no pueden hacer eso, que no pueden salir de su medio de movilidad y sentarse en una silla que no cumple con los requerimientos que necesitan para poder sostenerse”, recordando un caso que se dio recientemente en los cines locales.
Por ende, el proyecto de Arancibia establece que se cree un espacio para que “estas personas que no pueden prescindir de medio de movilidad no lo tenga que dejar, sino que pueden aparcarse dentro de ese espacio destinado para ellos”. En detalle, el proyecto establece lo siguiente en su artículo 2:
a) El lugar reservado para personas en sillas de ruedas, deberá estar debidamente señalado y demarcado, siempre cerca de las puertas de acceso, pero sin entorpecer la circulación y/o vías de escape de emergencia.
b) Cada espacio reservado tendrá 0,80 m de ancho por 1,20 m de largo y se ubicarán en plateas, palcos o localidades equivalentes, accesibles y en zonas donde la visual no resulte obstaculizada por vallas o parapetos.
c) Los lugares mencionados en el ARTÍCULO 1° no podrán cobrar recargo alguno, ni tarifa extra por el uso del espacio reservado para personas en sillas de ruedas.
d) El lugar destinado a las personas con sillas de ruedas (permanente) (2%) deberá ser inamovible, no debiendo confundirse con el cupo normado para personas con movilidad reducida (2%) [Ordenanza VI-0918-2019].
e) La cantidad de espacios reservados para ubicar las sillas de ruedas se redondeará por exceso con mínimo de (4) cuatro espacios de acuerdo a lo establecido en la ley 24.334.
“Tenemos butacas destinadas, pero también necesitamos el espacio, para que el que necesite entrar con este medio de traslado lo pueda hacer sin tener que dejarlo”, agregó la concejala, quien espera que, a pesar de ser ella opositora, el “proyecto pueda salir de comisión lo antes posible”. “Creo que la bandera de la inclusión la levantamos todos. Yo soy muy crítica de la actividad que está teniendo el Concejo Deliberante, que se basa en homenajes básicamente, y me parece que estamos para otra cosa”, concluyó Arancibia Rodríguez.