El defensor de Juicio N° 1 de la Primera Circunscripción, Esteban Sala, presentó un recurso de Casación contra la sentencia dictada a su defendido, Federico Núñez, condenado a prisión perpetua por el homicidio de Mónica Ramos. El defensor oficial planteó la nulidad del fallo y solicitó que se realice un nuevo debate oral porque advirtió que hubo pruebas relevantes que no fueron llevadas al juicio que se desarrolló en octubre.

Una de esas pruebas es una pericia de ADN realizada en un guante secuestrado en el domicilio de la víctima. “A esta pericia se la cotejó en relación a la víctima, a mi defendido y a otras personas. De las muestras obtenidas surge que del lado exterior del guante tenemos rastros de ADN o sangre de Mónica Ramos, por lo que creemos fue el guante que se utilizó para ultimarla. Pero en otro lugar, más cercano a la manga tenemos el ADN de un tercero que no es Núñez”, dijo Sala.

“Esta prueba se omitió de llevar a juicio y los jueces no tuvieron posibilidad de conocer. Ese mismo ADN de este tercero, que no es Núñez, aparece en la botonera del auto que se utilizó para salir del domicilio. En este contexto entiendo que estaría más que claro a partir de una prueba científica irrefutable, que en el lugar del hecho hubo una tercera persona que no sabemos su identidad y que sin dudas no es Núñez”, agregó el defensor oficial.

Sala asumió como representante de Núñez tras la renuncia de los antiguos abogados, Mirtha Esley y Ricardo Gutiérrez Esley. El recurso fue presentado este jueves, fecha en la que vencía el plazo para interponerlo ante el Superior Tribunal de Justicia.

Héctor Federico Núñez fue condenado el 11 de octubre pasado, en fallo unánime, a prisión perpetua por el delito de “homicidio doblemente calificado por ser con ensañamiento y criminis causae y robo calificado por mediar escalamiento, en concurso real”. El debate estuvo a cargo del Colegio de Jueces, integrado por Adriana Lucero Alfonso y Julio Fernando de Viana de la Primera Circunscripción, y Virna Eguinoa de la Segunda Circunscripción.

Otra de las pruebas que mencionó el defensor en su escrito fueron unas imágenes de una cámara ubicada a pocos metros de la casa de Ramos. “La teoría de la Fiscalía, que es la que termina adoptando el fallo, dijo que mi defendido ingresó a la vivienda a las 6:10 de la mañana aproximadamente según un cotejo de cámaras de unas casas vecinas. Sin embargo, del estudio de la totalidad de las cámaras, específicamente de un domo del Gobierno, podemos advertir que a las 6:20, es decir, después del supuesto ingreso al domicilio, se puede ver caminando a una persona de similares características a las de Federico Núñez”, sostuvo Sala.

Y agregó: “Reclamo que estas pruebas puedan ser ventiladas en un juicio oral con todas las garantías de que el tribunal pueda conocerlas, de modo que se pueda llegar a una resolución justa. Considero como Defensor que, si el Tribunal hubiese tenido a mano esas pruebas, la resolución podría haber sido otra, ya sea la absolución o tal vez ir a una calificación más benigna”.

A su vez, Salas formuló cuestionamientos desde lo jurídico ya que considera que no hubo ensañamiento como lo ha referido la condena ni tampoco homicidio criminis causa.

El hecho
Mónica Edith Ramos fue encontrada sin vida el 3 de marzo de 2020. De acuerdo con lo que han podido reconstruir los investigadores, el crimen ocurrió al mediodía, entre las 13 y las 13:30 horas, en el domicilio de la víctima, ubicado en Belgrano 110, de la ciudad de San Luis.

La docente de 62 años vivía sola y la autopsia reveló que fue atacada con un arma blanca que le provocó heridas en el cuello, brazos y tórax, que le causaron la muerte por una gran hemorragia (shock hipovolémico). La casa de Ramos fue incendiada parcialmente y para los investigadores el fuego fue iniciado para borrar rastros.

¿Qué es un Recurso de Casación y ante quien se presenta?
El recurso de Casación es un medio de impugnación por el cual una parte postula la revisión de los errores jurídicos atribuidos a la sentencia que la perjudica, reclama la correcta aplicación de la ley o la anulación de la sentencia; y una nueva edición, con o sin reenvío a nuevo juicio.

Es un recurso amplio donde se puede revisar tanto las cuestiones de hecho como las de derecho. El conocimiento del recurso de Casación corresponde exclusivamente al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia y podrá ser interpuesto por los siguientes motivos:

a) Inobservancia o errónea aplicación de la Ley
b) Inobservancia de las normas que este Código establece bajo pena de inadmisibilidad, caducidad o nulidad, siempre que, con excepción de los casos de nulidad absoluta, el recurrente haya reclamado oportunamente la subsanación del defecto, si era posible, o hecho protesta de recurrir en casación;
c) Errónea valoración de los hechos y/o prueba dirimente.

En esta causa también hay un recurso del particular damnificado, Santiago Saín, donde solicita que se adopten las calificaciones legales que fueron desestimadas, que son la violencia de género y la alevosía.