El viernes pasado, el tribunal dio a conocer el veredicto que impuso a Juan Manuel Chaves la pena de 8 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación (hechos reiterados) que tuvo como víctimas a un grupo de niños del Instituto San Buenaventura de Villa Mercedes. Por otra parte, fue absuelto por el delito de corrupción de menores agravado por el principio de la duda. Chávez deberá continuar su alojamiento en el servicio penitenciario provincial.

En la audiencia celebrada este martes, las partes expusieron en relación a la determinación de pena. Juan Manuel Chaves participó de la audiencia desde el Servicio Penitenciario Provincial.

En primer lugar, el fiscal de Juicio Nº 2, Ernesto Lutens expresó que se debe tener en cuenta como atenuantes la falta de antecedentes penales, mientras que, como agravantes se encuentra la multiplicidad de víctimas y la escasa edad de las mismas, lo cual incrementa su vulnerabilidad. Solicitó que se aplique una pena de 8 años y 6 meses de prisión, accesorias legales y costas procesales en orden a los delitos por los cuales fue condenado.

El fiscal explicó que de la forma que ha sido resuelta la calificación legal, no se puede sostener la pena propuesta en la acusación fiscal de primera instancia.

A su vez, la Defensora de Niñez y Adolescencia, Victoria Cortázar Furnari adhirió a lo solicitado por el fiscal y teniendo en cuenta los delitos por los que fue condenado el acusado (abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación -hechos reiterados-) solicitó que se tengan en cuenta como agravantes: la cantidad de víctimas y su condición de niñez. Como atenuantes, la falta de antecedentes, la buena conducta o conducta ejemplar en su alojamiento en el Servicio Penitenciario (SPP) -según lo informado por el SPP-, su aptitud de re sociabilización habiendo cursado estudios desde la cárcel y la edad del imputado.

La abogada representante de las víctimas, Micaela Eguinoa inició expresando que se debe considerar que el encartado ha sido condenado por 3 hechos de abusos y explicó que la escala mínima penal parte de un mínimo de 3 años y el tope de 30 años, dijo que teniendo en cuenta que se trata de 3 hechos en concurso real, correspondería aplicar la pena máxima o de lo contrario el tercio superior, es decir entre 20 y 25 años con alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial.

Por otro lado, la defensa de Chaves, ejercida por Germán Anabitarte y Juan Manuel Domine solicitó que se aplique una pena racional, ajustada a derecho y que se tengan en cuenta los principios rectores de proporcionalidad de pena, igualdad, etc. La defensa argumentó con cuestiones en relación a la buena conducta, disposición con la justicia, a la continua capacitación en diversas áreas, vínculos personales, extensión de la prisión preventiva, entre otros.