El próximo domingo desde las 8 horas se realizarán las elecciones Primarias Abiertas Simultaneas y Obligatorias (PASO) y son 421.370 los electores habilitados en la provincia de San Luis que debe sufragar en alguna de las 1.311 mesas habilitadas distribuidas en 258 establecimientos. Se deben elegir precandidatos para senadores, diputados nacionales y parlamentario del Mercosur para que accedan a las elecciones generales de octubre. Las consultas para saber dónde se vota y del registro de infractores se pueden hacer a través de internet.
Para saber dónde se debe votar el domingo 13 hay que acceder al sitio www.padron.gov.ar. Tienen obligación de votar, todas las personas de 18 a 70 años. Es opcional para los que tienen 16 años y los mayores de 70.
Las personas que no hayan votado en elecciones nacionales anteriores, y no justificaron el incumplimiento del deber de votar, pueden averiguar si está en el registro de infractores y se les ha impuesto alguna multa. El monto de la multa es de $50 y evidentemente no se actualiza, pero el monto se va duplicando por el incumplimiento de votar en cada elección.
Otra penalidad por ser infractor es el impedimento para ser designado en funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y municipales durante un año.
Para saber consultar el registro de infractores de debe acceder a https://infractores.padron.gob.ar. La secretaria electoral nacional, Sonia Randazzo, detalló que la justificación de no votar se debe realizar en un período de 60 días en el sitio mencionado. También se puede realizar en la Secretaría Electoral Nacional.
Motivos para estar exceptuado de votar
– Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.)
– Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
– Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
– Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.