El juez de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial dispuso la apertura a juicio para Sonia Irene Lara, la mujer imputada por el delito de homicidio calificado por el vínculo y por alevosía por la muerte de su hija de 11 años, en un incendio en el barrio La Ribera en Villa Mercedes. La Fiscalía pidió la pena de prisión perpetua para la acusada.
El hecho sucedió el pasado 12 de marzo en el Barrio La Ribera donde, producto de un incendio, falleció Abril Fernández de 11 años, quien convivía con su mamá y según el informe forense, falleció a causa de una broncoaspiración. Alrededor de las 23,45, Lara habría iniciado el incendio con nafta y diferentes elementos inflamables y con fósforos (en algunos lugares de la casa). Además, habría bloqueado los ingresos a la vivienda. Producto de la combustión, se produjo la emanación de gases tóxicos y de monóxido de carbono, esto es lo que desencadenó el episodio de broncoaspiración de la niña.
En abril, la madre de la niña fue imputada provisoriamente por el delito de homicidio doblemente calificado por el vínculo y por ser cometido con alevosía y le ordenaron como medida la prisión domiciliaria por el término de cuatro meses.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron, Maximiliano Bazla (fiscal de instrucción) y Marcelo Saldaño (fiscal adjunto). En representación del particular damnificado (padre de la nena) intervino Laura Rodríguez y como defensores de la imputada Leticia Latini y Daniel Fernández.
En la audiencia de este lunes, la Fiscalía relató y describió los hechos. Solicitó que la causa sea elevada a juicio oral y que Lara sea condenada a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por el vínculo y por alevosía en perjuicio de su hija. La representante del particular damnificado adhirió a lo solicitado.
En tanto que la defensa solicitó el sobreseimiento de su defendida y consideró entre varias cuestiones; “hay contradicciones en la acusación fiscal” y “no hay relación entre el hecho riesgoso (incendio) y la causa del fallecimiento de la niña”. Además expresaron que, la pena es excesiva y que la mujer presenta una situación psíquica grave.
También en la audiencia se analizó sobre nulidades planteadas por la defensa. Estas fueron rechazadas por fiscalía y el particular damnificado y fueron consideradas extemporáneas por el juez. Por otra parte, las partes ofrecieron pruebas tanto testimoniales como documentales.
Finalmente, el Dr. Santiago Ortiz resolvió disponer la apertura a juicio oral, elevar la causa al Colegio de Jueces y prorrogar la medida de coerción por el término de 60 días.