El Concejo Deliberante capitalino tendrá una sesión extraordinaria este viernes para tratar la emergencia económica, administrativa, del transporte urbano y la hídrica. Será la primera sesión con la nueva conformación del Concejo tras las asunciones del pasado domingo.

Las emergencias en cuestión se tratarán en dos proyectos. En primer lugar figura el proyecto de ordenanza para declarar el estado de emergencia y prioridad en el uso del agua potable en la ciudad de San Luis. Esta iniciativa tiene por objetivo que se realice un uso racional del agua corriente teniendo en cuenta el bajo nivel de los diques y las altas temperaturas en el verano.

En el artículo 3 se prohíbe:
1) Lavado de veredas con agua potable;
2) Llenado de piletas con agua potable;
3) Lavado de vehículos automotores y ciclomotores;
4) Lavado de frentes de inmuebles;
5) Riego de calles;
6) Riego de plazas, parques y jardines tanto públicos como privados;
7) Cualquier otro tipo de uso no esencial, mientras dure el estado emergencia.
Se encuentran exentos de la prohibición establecida en el artículo 3, dentro de las limitaciones establecidas, los siguientes establecimientos:
a) Hospitales, Centros de Salud, Clínicas y Sanatorios;
b) Geriátricos y Residencias de adultos mayores;
c) Escuelas, Jardines de Infantes y Guarderías;
d) Actividades Comerciales del rubro alimentos;
Encontrándose facultados al lavado de veredas con balde, sin manguera, los lunes entre las 6 y las 9 horas.

La segunda iniciativa es declarar la emergencia económica, financiera y administrativa como también del servicio público de transporte de pasajeros de la ciudad de San Luis desde el 1° de enero al 31 de diciembre de 2024. El proyecto tiene una serie de objetivos como contener el gasto público, mejorar la recaudación municipal, realizar convenio de recaudación con instituciones o personas jurídicas para mejorar los ingresos del Municipio, renegociar o rescindir contratos de locación de servicios u obras, asegurar la prestación de servicios y funciones esenciales; y reorganizar y reestructurar la administración.

Otro artículo del proyecto de ordenanza establece que el pronunciamiento judicial, que condene a la Municipalidad o alguna de sus dependencias, Concejo Deliberante o Tribunal de Faltas, al pago de una suma será abonada una vez que quede firme la liquidación y que esté autorizado en el presupuesto tal erogación. El pago que no esté previsto en el presupuesto, que corresponde al ejercicio en el que la liquidación quedó firme, se deberá hacer las previsiones para que se abone en el presupuesto siguiente.

Respecto a la emergencia del servicio urbano de transporte, uno de los artículos refiere que se deben adecuar los recorridos de las líneas en los trayectos deficitarios, dando prioridad a las líneas de mayor demanda y disminuyendo los tiempos de viaje.

En otro pasaje del artículo 7 se establece que se podrán tomar “las medidas que se consideren más convenientes con el objeto de garantizar la continuidad del servicio”.

El artículo siguiente prorroga el contrato de concesión del servicio de transporte urbano a la empresa Transpuntano “inter se realice el procedimiento licitatorio pertinente y resulte una nueva adjudicación”.

Por otra parte, el arículo 9 suspende “la implementación y aplicación de las Ordenanzas N’ II- 0924- 2019 Defensor del Pueblo Municipal y N°11-0920-2019 Justicia Administrativa Municipal, inter se encuentre vigente la emergencia prevista en la presente norma”.

El inicio de la sesión extraordinaria está pautado para las 10 horas.