La CĆ”mara Federal de Casación Penal confirmó este martes la condena a seis aƱos de prisión al ex piloto de TC Ariel Balmaceda tras ser declarado culpable en primera instancia de ājefe y organizadorā de una organización dedicada a la comercialización de facturas apócrifas, emitidas por 65 usinas y distribuidas desde San Luis hacia otras ocho provincias a 2.700 contribuyentes para evadir impuestos. Sin embargo, Casación anuló la condena para las 25 personas que habĆan sido condenadas por haber desempeƱado roles de intermediarios y partĆcipes necesarios. El Tribunal Oral Federal de San Luis deberĆ” volver a expedirse sobre este punto.
SegĆŗn reportó Infobae, la resolución de la Sala II, integrada por los jueces Ćngela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar consideraron que la conducta de Balmaceda como ājefe y organizador de la asociación ilĆcita fiscalā estĆ” ādebidamente probadaā. Por lo tanto, corresponde ādesestimarā el recurso de casación interpuesto por la defensa. āSu intervención se encuentra probada por una gran cantidad de elementos, los cuales hacen incontrovertible su liderazgo en la organizaciónā, afirmaron los camaristas.
Como informó La Gaceta Digital en mayo de 2023, Balmaceda fue condenado a a 6 aƱos de prisión y una multa de $90.000 por el Tribunal Oral Federal de San Luis. AdemĆ”s, 24 personas tambiĆ©n fueron condenadas de tener distintos roles en los delitos. Ocho de ellas recibieron penas de 3 aƱos y medio de prisión, y el resto de 3 aƱos en suspenso, con multas que desde los $45.000 a los $60.000. Entre los otros condenadosen primera instancia habĆa personas del entorno Ćntimo de Balmaceda como su ex pareja, madre, hermana y cuƱado, entre otros.
Balmaceda y estas personas estaban acusados de evasión multimillonaria por la comercialización de facturas apócrifas, emitidas por 65 usinas y distribuidas desde San Luis hacia otras ocho provincias a 2.700 contribuyentes para evadir impuestos. Los hechos por los que fueron enjuiciados Balmaceda y los otros acusados fueron detectados entre 2014 y 2018.
Otro punto relevante de la resolución de Casación es que los camaristas Ledesma y Yacobucci (con disidencia parcial del juez Slokar) anularon las penas de prisión impuestas para los coautores y partĆcipes necesarios. Sin embargo, exhortaron al Tribunal federal de primera instancia a dictar un nuevo pronunciamiento.
Las personas que habĆan sido condenadas como intermediarios y partĆcipes necesarios:
ā Enrique Hanna Abdallah, Cristian Alberto Giuliano, Oscar Alberto Giuliano, Fernando Manuel Iglesias y Diego Eduardo Minudri fueron acusados de ser intermediarios. El fiscal solicitó una pena de cuatro aƱos y seis meses de prisión, pero el Tribunal les dio 3 aƱos y medio a Abdallah y los hermanos Giuliano, mientras que a Iglesias y Minudri los condenaron a 3 aƱos en suspenso.
ā Oscar Gabriel MuƱoz Oviedo, RaĆŗl Gonzalo SaĆ”, JosĆ© Ariel Sosa, Juan Cruz Borra, Diego MartĆn Ho, Marcos AndrĆ©s Naldini y JuliĆ”n DarĆo Rolandi, tambiĆ©n acusados de intermediarios. Para ellos se solicitaron penas de cuatro aƱos de prisión, pero les dieron 3 aƱos en suspenso, salvo en los casos de Oviedo, Borra y SaĆ”, que fueron condenados a 3 aƱos y medio.
ā Jorge Abel Pereira, Pablo NicolĆ”s Mauri, Romina Alejandra FernĆ”ndez, Daniel VĆctor Escalante y Norberto Emilio Royón Blanco, tambiĆ©n acusados de intermediarios. Se solicitaron penas de 3 aƱos y 8 meses de prisión y, al igual que en otros casos, les dieron 3 aƱos en suspenso.
ā Natalia Verónica Balmaceda, MarĆa Rosa Lucero y Lorena MarĆa RamĆrez acusados de intermediarios. Se pidió y les dieron 3 aƱos de prisión en suspenso.
ā Lucas Exequiel Laureano Baldez, Flavio RubĆ©n Cabrera, Yamila Ochoa y MarĆa Laura Limina acusados de ser administrativos de la organización. En los casos de Baldez y Cabrera, se solicitó y les dieron 3 aƱos y 6 meses. Por el lado de Ochoa y Limina, las condenas fueron de 3 aƱos en suspenso.
Por otra parte, Casación confirmó de manera unĆ”nime las multas y los decomisos de 3 automóviles y de bienes āhasta cubrir la suma de $20.889.273ā.
Los decomisos ratificados son: āde propiedad de Romina Alejandra FERNĆNDEZ hasta cubrir la suma de $1.116.295; de bienes de propiedad MarĆa Rosa LUCERO hasta cubrir la suma de $330.862; de bienes de propiedad de Natalia Verónica BALMACEDA y Oscar Gabriel MUĆOZ OVIEDO hasta cubrir la suma total de $365.006; de bienes de propiedad de Lorena MarĆa RAMĆREZ hasta cubrir la suma de $79.058; de bienes de propiedad de RaĆŗl Gonzalo SAĆ hasta cubrir la suma de $491.356; de bienes de propiedad Diego MartĆn HO hasta cubrir la suma de $220.123; de bienes de propiedad de Juan Cruz BORRA hasta cubrir la suma de $635.330; de bienes de propiedad de Cristian Alberto GIULIANO hasta cubrir la suma de $1.285.072; de bienes de propiedad de Oscar Alberto GIULIANO hasta cubrir la suma de $4.220.083; de bienes de propiedad de Enrique Hanna ABDALLAH hasta cubrir la suma de $3.729.256; de bienes de propiedad de Jorge Abel PEREIRA hasta cubrir la suma de $220.000; de bienes de propiedad de JosĆ© Ariel SOSA hasta cubrir la suma de $1.331.919; de bienes de propiedad de Daniel VĆctor ESCALANTE hasta cubrir la suma de $379.180; de bienes de propiedad de Marcos AndrĆ©s NALDINI hasta cubrir la suma de $673.000; de bienes de propiedad de Pablo NicolĆ”s MAURI hasta cubrir la suma de $120.563; de bienes de propiedad de Norberto Emilio ROYĆN BLANCO hasta cubrir la suma de $116.000; de bienes de propiedad de Diego Eduardo MINUDRI hasta cubrir la suma de $1.850.090; de bienes de propiedad de Fernando Manuel IGLESIAS hasta cubrir la suma de $3.075.162; de bienes de propiedad JuliĆ”n DarĆo ROLANDI hasta cubrir la suma de $649.659; en tanto constituyen el provecho o producto del delito (art. 23 del C.P.) y siempre que no se afecten mejores derechos de terceras personasā.