La directora general de Hacienda Pública, Teresa Cappiello, aseguró que el proyecto de Ley Impositiva Anual 2025 no contempla una suba de impuestos en lo relativo a las alícuotas del impuesto a los ingresos brutos y los porcentajes de las bases imponibles del impuesto inmobiliario y automotor. Además, el proyecto se caracteriza principalmente una serie de beneficios impositivos para el “contribuyente cumplidor” en los impuestos mencionados anteriormente.

No hay un incremento general de impuestos”, dijo Cappiello este viernes. Más adelante en la conferencia de prensa, la funcionaria señaló que “el porcentaje de base imponible que se toma sobre la patente, inmobiliario sigue siendo el mismo. En ingresos brutos no hay ningún aumento, es un impuesto autodeclarativo. Sobre el monto que declara el contribuyente se coloca la alícuota general para determinar el impuesto, y si corresponde eventualmente el descuento sobre el monto a ingresar”.

La Gaceta Digital (LGD) preguntó a la funcionaria el motivo por el cual se decidió mantener los porcentajes de alícuotas y bases imponibles. “Desde el punto de vista fiscal y tributario, tanto las alícuotas y el porcentaje fiscal da un nivel de credibilidad, de estabilidad, no podemos generar inseguridad jurídica. Nos parece que es prudente, que se ha venido haciendo y se va a seguir haciendo. Lo que sí modifica después es realmente el valor de los bienes sobre lo que hay que pagar, porque siempre es un porcentaje del valor del bien”, respondió Cappiello.

Por lo tanto, a fin de año, la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) a fin de año emite resoluciones en la que establece la valuación fiscal para 2025 de vehículos y propiedades para la base imponible, lo que puede generar una suba del impuesto automotor e inmobiliario.

A pesar de que la funcionaria afirmó que no hay suba en las alícuotas, en el proyecto “se dispone el incremento del 50% de las alícuotas por las actividades que se realizan en las distintas modalidades de apuestas y juegos de azar”.

Es importante señalar que históricamente la recaudación por impuestos provinciales es el 20% del presupuesto provincial, ya que el 80% de los ingresos provienen por coparticipación de recursos federales.

Beneficios impositivos

– Para impuestos patrimoniales se disponen descuentos sobre el monto determinado por cada imponible del 30%, aumentando el porcentaje de rebaja al 40% para los contribuyentes que se encuentran al día con todas las obligaciones tributarias y no tributarias a cargo de la DPIP. Para mantener el beneficio se debe estar al día en este impuesto hasta el 31 de diciembre de 2025.

– Al contribuyente cumplidor: descuento del 20% del impuesto determinado, aplicado a cada declaración jurada presentada por el contribuyente en impuestos de ingresos brutos, inmobiliario y automotor. Ante un incumplimiento se pierde el beneficio y deberán ingresar las diferencias del tributo no abonado en virtud de los beneficios, de acuerdo a los procedimientos que establezca la DPIP.

– Descuentos a docentes propietarios de viviendas construidas por el Estado provincial tendrán un descuento del 25% en el impuesto inmobiliario mientras el avalúo fiscal de la propiedad no supere $2.592.000.

– Se mantiene el descuento del 30% por el pago anual en el primer vencimiento de los impuestos provinciales.

– Jubilados y pensionados podrán acceder a un descuento del 100% de impuesto inmobiliario para quienes cobren hasta la suma equivalente a dos haberes jubilatorios mínimos. Los que cobran un beneficio por ser personas con discapacidad, titular de la propiedad inmueble, este descuento del 100%.

– Para los contribuyentes que adhirieron al régimen de consolidación, regularización y sinceramiento de deudas (que no registren deuda alguna) se plantea un descuento del 15% sobre el monto determinado por cada imponible, extendiendo el descuento al 20% para aquellos que están al corriente con todas las obligaciones fiscales tributarias y no tributarias de la DPIP.

Simplificación de las alícuotas de ingresos brutos

Ingresos brutos es el impuesto provincial que mayor dinero recauda para el Estado sanluiseño con un 80%.

“Nosotros veníamos trabajando con tres alícuotas, alícuota general, reducida, bonificada. Ahora trabajamos con una alícuota general y una alícuota especial, que está definida nada más que para algunos sujetos o algunas actividades que requieren un tratamiento especial”, explicó la directora sobre el impuesto a los ingresos brutos.