Este miércoles 8 de enero de 2025, en horas de la mañana tuvieron lugar dos audiencias de Formulación de Cargos por hechos diferentes. En la primera, la Jueza interviniente ordenó la prisión preventiva de Jesús Quintino Florez por un plazo de 60 días. En la segunda, la magistrada ordenó al imputado Víctor Manuel Ibáñez, la firma del libro de imputados por un plazo de 90 días, al igual que la prohibición de salir de la provincia y una orden de restricción a favor de las partes damnificadas por el mismo plazo. Los dos hechos fueron cometidos mientras transcurrían las inclemencias climáticas que afectaron a la provincia el pasado 6 de enero en horas de la tarde.


Ambas audiencias fueron llevadas adelante por la juez de Garantía Nº 2, Agustina Dopazo Samper, con secretaría a cargo del Rodrigo Gallardo, y con la intervención del Fiscal Adjunto, Juan Pablo Díaz Estopiñán.

La primera audiencia tuvo como imputado a Florez, quien fue acusado de haber cometido un robo a mano armada en un comercio ubicado en la Avenida Juan Gilberto Funes. En representación del imputado, intervino la defensora oficial, Eva Morel.

El hecho ocurrió el pasado 6 de enero, alrededor de las 20:55 horas. Según lo expuesto por la Fiscalía, el acusado ingresó al local “Avenida 24” junto a una mujer que aún no ha sido identificada. En ese momento, y debido a los prolongados cortes de luz provocados por un fuerte temporal, las cámaras de seguridad del comercio no funcionaban. El imputado portaba un arma de fuego de color plateado con la que amenazó a las dos mujeres presentes, la propietaria del comercio y su hija de 17 años. Mientras el acusado exigía dinero y pertenencias, la mujer que lo acompañaba sustrajo cien mil pesos de la caja registradora. En medio de la situación, la propietaria intentó intervenir para proteger a su hija, pero recibió un golpe de puño en el rostro. Finalmente, la joven que en principio se resistió entregó su teléfono celular.

Los asaltantes huyeron en dirección a la calle Chacabuco, pero una vecina que presenció la escena llamó al 911 y proporcionó detalles sobre los agresores. Minutos después, personal policial detuvo al acusado a 300 metros del lugar, en la intersección de las calles Caseros Sur y Río Negro. Al momento de la detención, llevaba consigo un revólver calibre 22 marca Bentra, y el celular robado.

En la audiencia, el fiscal acusó al hombre del delito de robo calificado por haber sido cometido en poblado y en banda, en los términos del artículo 167, inciso 2, del Código Penal. Asimismo, solicitó la prisión preventiva del imputado por el plazo de 100 días, argumentando el riesgo de entorpecimiento de la investigación debido a que la mujer que participó en el hecho permanece prófuga. También destacó el nivel de violencia ejercido durante el asalto y el peligro que representa el acusado para las víctimas y los testigos.

Por su parte, la Defensa se opuso a la medida propuesta por la Fiscalía por inconsistencias en las actas de detención y considerar excesivo el plazo de la misma.

Tras evaluar los argumentos presentados, la jueza Dopazo Samper dictó la prisión preventiva para el imputado por el plazo de 60 días, por el delito de Robo Calificado por el Uso de Arma de Fuego, Art. 166, Inc. 2, 2do párrafo del C.P.A., y dispuso su traslado al Servicio Penitenciario Provincial.

En la segunda audiencia, Víctor Emanuel Ibáñez, fue imputado por la comisión del delito “Robo calificado por Escalamiento en grado de Tentativa Art 164 inc. 4 en relación al Art. 163 inc. 4 Art. 42 y 45 del C.P.A.” perpetrado en una vivienda de la ciudad de San Luis, el pasado 6 de enero a las 19.00hs., en el momento que sucedían las inclemencias climáticas que afectaron a la capital puntana.

En su alegato, el fiscal Estopiñán afirmó que existieron suficientes pruebas para acreditar la autoría de Ibáñez, debido a que el mismo fue sorprendido en el patio de una vivienda ubicada en la calle Callao, cuando acumulaba electrodomésticos, TV, y otros objetos extraídos de la propiedad, además de los destrozos que produjo dentro de la misma para lograr su cometido. Esta situación fue advertida por un vecino del domicilio, quien dio aviso al 911 y a la propietaria de la vivienda que, en ese momento, no se encontraba en su vivienda. Finalmente, Ibáñez fue aprehendido por personal policial.

A su relato, el Fiscal agregó también que se debía advertir la reiterancia del imputado, ya que se encuentran tres causas más en trámite en su contra, lo que reforzó el planteo formulado. A su vez, argumentó que “existe la posibilidad de entorpecimiento con respecto a que los testigos y damnificados puedan ser amedrentados por saber dónde viven los mismos, siendo claro cómo ha ido escalando en su actividad delictiva, comenzando por hurtos para ahora perpetrar un robo que causó graves daños, a la vez, que buscaba beneficiarse del caos generado por el temporal que devendría en los cortes de luz y destrozos que dificultaron el actuar policial”.

Por su parte, la defensa del imputado representada por las Defensoras Oficiales, Nadia Agúndez y Eva Morel, plantearon que dos declaraciones testimoniales no resultaban elementos probatorios suficientes para sustentar la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal.

Escuchadas las partes, la jueza resolvió imputar a Ibáñez y ordenar la firma del libro de imputados por un plazo de 90 días (cada 15 días), la prohibición de salir de la provincia y una orden de restricción a favor de las partes damnificadas por el mismo plazo, atento a los argumentos expresados por el fiscal respecto a las víctimas.

Fuente: Prensa Poder Judicial