La audiencia de formulación de cargos se llevó a cabo este viernes en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial. En la causa se investigan presuntos hechos delictivos cometidos en la Casa de la Música del Molino Fénix, ubicada en Villa Mercedes, y entre los acusados se encuentran el diputado provincial Joaquín Beltrán, que fue administrador del Molino, y la exdiputada y exdirectora de esta casa cultural, Anabella Lucero, entre otros.
El proceso, que se extendió por más de cinco horas, fue dirigido por el juez Santiago Ortiz, con la intervención de la secretaria Daniela López Martin. La fiscalía estuvo representada por José Olguín, fiscal de Instrucción Nº 3, quien presentó los hechos investigados y la evidencia reunida.
Los hechos imputados
La fiscalía relató siete hechos principales:
- Sustracción de mobiliario: El 15 de junio de 2023, entre las 22 y 00 horas, Joaquín Beltrán y Diego Torres, junto a otras personas, habrían reunido muebles en Casa de la Música y los habrían trasladado a la sede partidaria de Anabella Lucero.
- Sustracción de elementos: El 27 de noviembre de 2023, Ezequiel Scarel habría ingresado a la Casa de la Música y retirado diversos objetos.
- Sustracción de documentación y daños: El 9 de diciembre de 2023, entre las 11 y 18 horas, los cinco imputados habrían ingresado al lugar, forzado puertas y cajones, y retirado documentación y elementos del teatro.
- Uso indebido de bienes públicos: Se habría utilizado el servicio de hotelería del complejo para beneficio privado y de terceros.
- Gastos irregulares en combustible: Se habría autorizado la carga de combustible a personas ajenas a la administración, con Beltrán como responsable de la gestión del complejo.
- Uso de recursos para campaña política: Bienes, personal e instalaciones de Casa de la Música habrían sido utilizados para financiar la campaña política de Anabella Lucero.
- Uso de vehículos oficiales con fines partidarios: Automotores asignados a actividades del complejo habrían sido utilizados para fines políticos.
Además, la fiscalía formuló cargos por otros tres hechos vinculados a la compra de elementos de campaña con fondos del Molino Fénix, el pago de traslados de militantes y la contratación de seguros para la sede partidaria.
Los delitos imputados incluyen peculado, administración fraudulenta, robo en poblado y en banda, malversación de fondos públicos y abuso de autoridad.
Intervención de la querella y la defensa
Flavio Ávila, en representación de la Fiscalía de Estado como querellante, adhirió a la presentación del Ministerio Público Fiscal. Por su parte, el diputado Joaquín Beltrán declaró y expuso su versión de los hechos, mientras que el resto de los imputados optó por no declarar.
Las defensas de los acusados, representadas por las abogadas Cecilia Mithiaux, Ximena Bertoli, Noelia Páez y Silvia Morán, y los abogados Gonzalo Estrada y Carlos Cobo, cuestionaron la formulación de cargos. Argumentaron la falta de elementos de convicción suficientes y la ausencia de una conducta típica para atribuir los delitos. Además, solicitaron la nulidad de la imputación por considerarla indeterminada.
Decisión judicial
Tras el debate, el juez Santiago Ortiz resolvió rechazar la formulación de cargos por el delito de robo en poblado y en banda y admitió la imputación para:
- Joaquín Beltrán: peculado, administración fraudulenta, abuso de autoridad y malversación de caudales públicos.
- Diego Torres: peculado y administración fraudulenta.
- Ezequiel Scarel: peculado y administración fraudulenta.
- Enzo Lucero: peculado y administración fraudulenta.
- Anabella Lucero: peculado, administración fraudulenta, malversación de caudales públicos y abuso de autoridad.
Las defensas presentaron distintas oposiciones y solicitudes de revocatoria, que en su mayoría fueron rechazadas por el juez.
Medidas cautelares
La fiscalía solicitó medidas para evitar el peligro procesal, incluyendo la prohibición de acercamiento a testigos, la prohibición de salir de la provincia y del país, la firma periódica en fiscalía, el embargo de 300 millones de pesos y la inhibición de bienes.
Tras el cuarto intermedio, el juez resolvió aplicar las siguientes medidas por cuatro meses:
- Firma del libro en fiscalía entre el 1 y el 10 de cada mes.
- Prohibición de acercamiento al Complejo Molino Fénix, la Casa de la Música, el museo José María Gatica y el SUM Eva Perón.
- Prohibición de salir del país sin autorización judicial.
- Embargo preventivo de 300 millones de pesos e inhibición de bienes.
Sin embargo, rechazó la prohibición de acercamiento a testigos por considerarla insuficientemente justificada.
Los representantes de la defensa solicitaron la revisión de estas medidas, lo que deberá ser resuelto por el Tribunal de Impugnaciones.
Fuente: Prensa Poder Judicial