A través de una carta abierta firmada por su presidente, César Ismael Bertrés, el Colegio Forense de la Provincia de San Luis —institución que agrupa a los tres colegios de abogados de la provincia— manifestó un contundente rechazo a la propuesta del gobernador Claudio Poggi de eliminar la feria judicial.

En el documento, que se transcribe a continuación de forma completa, la entidad advierte que la iniciativa “carece de sustento técnico serio” y responde más a una “lógica de demagogia jurídica” que a un verdadero compromiso con el fortalecimiento del servicio de justicia.

CARTA ABIERTA DEL COLEGIO FORENSE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

En defensa de la feria judicial: Una necesidad estructural del sistema, no un privilegio corporativo
Como Presidente del Colegio Forense de la Provincia de San Luis, y en representación de las abogadas y abogados que ejercen cotidianamente la defensa de derechos en sede judicial, me veo en la obligación institucional de manifestar una oposición firme y fundada a la propuesta de eliminación de la feria judicial, en cualquiera de sus variantes o contextos.

Dicha iniciativa, presentada bajo el fundamento de una pretendida modernización o eficiencia del sistema de justicia, carece de sustento técnico serio y se inscribe, lamentablemente, en una lógica de demagogia jurídica, antes que en un compromiso real con el fortalecimiento del servicio de justicia.

La feria judicial: fundamento normativo, funcionalidad y sentido histórico
La feria judicial no constituye un beneficio sectorial ni una concesión excepcional, sino una institución histórica, funcional y jurídicamente consagrada, cuya vigencia responde a necesidades estructurales del sistema judicial argentino y del derecho comparado. Sus fundamentos son múltiples:

Derecho al descanso y a condiciones dignas de trabajo
El ejercicio profesional de la abogacía —al igual que el desempeño de magistrados/as, funcionarios/as y personal judicial— requiere una dedicación continua, intensiva e ininterrumpida, atravesada por plazos perentorios, audiencias, redacción permanente de escritos y resoluciones. La feria judicial materializa el derecho condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones, consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en tratados internacionales de jerarquía constitucional (artículo 75 inciso 22), como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 7, inciso d).

Finalidad organizativa y de eficiencia interna
La feria judicial permite reorganizar la actividad jurisdiccional, atender causas rezagadas, capacitar al personal, planificar el año judicial y responder exclusivamente a situaciones urgentes mediante guardias mínimas y habilitaciones específicas. Lejos de obstaculizar el servicio, optimiza su funcionamiento.

Tradición jurídica y antecedentes normativos
Incorporada hace más de un siglo, la feria judicial constituye un elemento estructural de ordenamiento del calendario judicial, cuyo análisis debe realizarse en el marco de un debate técnico, institucional y participativo, y no mediante imposiciones unilaterales de tinte populista.

Continuidad de la función jurisdiccional durante la feria
Durante el receso judicial, la Justicia no se detiene: los tribunales de turno actúan frente a urgencias, se resuelven medidas cautelares, habeas corpus, cuestiones de familia, violencia de género, entre otros casos que la misma Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia de San Luis prevé (art 20). La reducción es meramente de la actividad ordinaria. La parálisis no se vincula con la feria, sino con deficiencias estructurales: falta de recursos, tecnología, infraestructura y capacitación.

Resulta imprescindible recordar que el abogado no es casta ni privilegio, sino un trabajador, parte activa del mismo pueblo al que defiende. Es quien litiga a diario en condiciones muchas veces adversas, sin estabilidad laboral, sin licencias pagas, sin aguinaldo, sin vacaciones programadas, y muchas veces cobrando honorarios tarde, mal o nunca.
Detrás de cada profesional del derecho hay una persona que, como cualquier trabajador o trabajadora, necesita descansar, reponer energías, cuidar su salud física y mental, y pasar tiempo con su familia. Negarle ese derecho es desconocer la naturaleza humana del ejercicio profesional y precarizar aún más una tarea esencial para la defensa de los derechos ciudadanos.

Reivindicar la feria judicial no es un acto corporativo. Es una defensa de las condiciones mínimas y humanas para ejercer dignamente una función clave en cualquier democracia.

La falacia de la eficiencia por acumulación de días hábiles
La idea de que eliminar la feria judicial mejorará la eficiencia del Poder Judicial es falaz y reduccionista. No existe una relación directa ni automática entre la cantidad de días hábiles y la calidad del servicio de justicia.

Pretender que se obtendrán mejores resultados simplemente extendiendo el tiempo de trabajo es un error conceptual básico. Es como suponer que el sistema de salud funcionará mejor si se obliga a los cirujanos que operan de lunes a viernes a operar también los sábados y domingos, sin descanso. Nadie en su sano juicio defendería semejante propuesta, porque el agotamiento no mejora el rendimiento: lo degrada.

Del mismo modo, ningún otro trabajador —ni docente, ni médico, ni ingeniero— mejora su desempeño al ser privado sistemáticamente de su derecho al descanso. La idea de que más días hábiles equivalen automáticamente a mayor eficiencia ignora lo esencial: la justicia no es una fábrica de sentencias, sino un servicio humano y complejo, que requiere tiempo, concentración y calidad técnica.

La eficiencia no se logra por acumulación de tareas, sino por gestión estratégica, inversión adecuada, digitalización real y formación continua. Exigir más sin brindar condiciones dignas no es eficiencia: es precarización.

Un llamado a la responsabilidad institucional
Desde el Colegio Forense de la Provincia de San Luis hacemos un llamado al respeto por los principios republicanos, el diálogo institucional y la construcción participativa de políticas públicas.

Cualquier intento de suprimir la feria judicial sin análisis técnico, sin consulta a los colegios profesionales y sin estudio de impacto organizacional, resulta arbitrario y contraproducente.

La abogacía no se opone a la modernización, pero no convalidará simulacros de eficiencia que impliquen el sacrificio de derechos laborales, garantías procesales y principios básicos del ordenamiento jurídico.

En defensa del servicio de justicia, del trabajo digno y del debido proceso reafirmamos nuestra posición institucional: “Defender la feria judicial es defender la dignidad del trabajo y la calidad del servicio de justicia”.

Porque una justicia agotada no es más rápida: es más frágil, más errática y menos humana. Y porque quienes hoy, desde el confort de la superficialidad política, proponen eliminar la feria judicial como símbolo de compromiso con el pueblo, olvidan que no se mejora la Justicia vaciándola de contenido, sino fortaleciéndola con inversión, respeto institucional y decisión de fondo.

A la Justicia no se la reforma con slogans: se la honra con compromiso. Y en ese compromiso, los abogados y abogadas de San Luis no vamos a claudicar.

CÉSAR ISMAEL BERTRÉS
Abogado – M.P. 1397
Salta 178 – Villa Mercedes – San Luis
Cel: 2657 563471 – Est: 02657 420755
E-mail: cesaribertres@hotmail.com