El Tribunal Electoral Provincial rechazó este miércoles la denuncia presentada por Raúl Laborda, candidato a diputado provincial por el partido Proclame, quien había solicitado el resguardo de urnas y la entrega de la nómina de autoridades de mesa, tras sostener públicamente que le habrían “robado 7.000 votos” en las elecciones del pasado 11 de mayo.

En el auto interlocutorio Nº 12-TEP-2025, el Tribunal concluyó que la presentación de la apoderada de Proclame carecía de fundamentos concretos y pruebas, calificando sus afirmaciones como una “mera expresión retórica y efectista”.

Según se desprende del fallo, el Tribunal ofició a la Unidad de Abordaje Fiscal (UAF) para verificar la existencia de la denuncia penal mencionada por Laborda. La respuesta fue contundente: no se registró ningún ingreso formal a nombre de Raúl Laborda Ibarra ni de su apoderada Belén Saá.

Además, indicaron que el único registro vinculado es un formulario incompleto enviado desde un correo informal, sin datos suficientes para abrir una causa, y sin explicar detalladamente el hecho denunciado. “El Ssecretario añadió que entre las denuncias realizadas en el sitio https://midenuncia.justiciasanluis.gov.ar, obra un formulario de denuncia confeccionado por el ciudadano Raúl Laborada Ibarra, enviado desde correo electrónico R@GMAI.COM que no fue remitido a la UAF “por no cumplimentar los datos mínimos necesarios para el ingreso de causas, advirtiéndose a tal efecto que no se completó el campo referente a ‘EXPLIQUE DETALLADAMENTE EL HECHO OCURRIDO’ ni se acompañó archivo adjunto alguno que pudiera determinar delito alguno a investigar”, dice el auto interlocutorio del Tribunal.

Laborda había pedido que se resguardara la urna de la mesa 28 del circuito 1001B y “eventualmente otras mesas con irregularidades similares”. El Tribunal consideró ese planteo como “tan impreciso y amplio” que llevaría al absurdo de tener que custodiar la mitad de las urnas del departamento Juan Martín de Pueyrredón.

También se descartó la supuesta parcialidad en la designación de presidentes de mesa. El Tribunal explicó que la designación fue pública, aleatoria y notificada a todos los partidos políticos, incluyendo a Proclame, cuya apoderada no realizó ninguna objeción en tiempo y forma.

Reclamo con plazo vencido

El fallo recuerda que el plazo para realizar reclamos sobre la constitución de mesas y el escrutinio venció el 13 de mayo a las 18:00, momento en que se inició el escrutinio definitivo. Proclame no se presentó como veedor en ninguna de las mesas habilitadas para el contralor.

“Las manifestaciones del apoderado no configuran siquiera una sospecha de anomalía que justifique las medidas solicitadas”, afirmaron los jueces Jorge Levingston, Horacio Zavala Rodríguez y María Eugenia Zabala Chacur.