Este miércoles, en el Juzgado de Garantía Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial, se realizó una audiencia en la que el Ministerio Público Fiscal imputó a Esteban Eduardo Covarrubias por el delito de adulteración culposa de alimentos destinados a una colectividad de personas (artículos 200 y 203 del Código Penal Argentino). La audiencia estuvo a cargo de la jueza Luciana Banó.


El hecho que originó la causa
La fiscal adjunta Alejandra Quiroga Nassivera explicó que la investigación comenzó por un episodio ocurrido el 14 de marzo de este año. Ese día, varios alumnos de la escuela Pancha Hernández presentaron vómitos y diarrea tras consumir el almuerzo escolar del Programa Alimentario Nutricional (PANE).

Cuando los niños fueron llevados al Hospital del Sur, el personal médico advirtió que otros alumnos de la Escuela La Rioja tenían el mismo cuadro, por lo que se dio intervención al área de epidemiología del Ministerio de Salud.

Se tomaron muestras del menú servido —arroz con pollo y una opción para celíacos—, y los análisis confirmaron la presencia de salmonella en todas ellas. Los especialistas indicaron que los síntomas coincidían con los efectos de esta bacteria.

Según la fiscalía, los alimentos fueron entregados en conservadoras a media mañana y repartidos en las aulas para consumo inmediato. En total, 64 alumnos de entre 4 y 11 años resultaron afectados, aunque todos fueron atendidos y dados de alta el mismo día.

Informes de Sol Puntano SAPEM señalaron que el proveedor de la comida en ambas escuelas fue Covarrubias.

La participación de los concejales y el pedido de ampliar la investigación
El bloque Justicialista del Concejo Deliberante —integrado por Alejandro Cordido, Gastón Témoli, Julieta Ponce, Paulina Calderón, Agustina Gatto y Juan Divizia— se presentó como querellante, representado por las abogadas Estrella Marín y Fernanda Pereyra Jamenson.

Las abogadas adhirieron a la imputación, pero solicitaron que la investigación también alcance a funcionarios municipales, al considerar que hubo omisión de controles bromatológicos por parte de la Municipalidad de San Luis. Incluso pidieron que se analice la responsabilidad del intendente y de las autoridades de Bromatología, argumentando que la normativa local impone al municipio obligaciones específicas en materia de control alimentario.

También intervino el Defensor de Niñez y Adolescencia Nº 1, Sebastián Privitera, quien apoyó la postura de la fiscalía.

La defensa y la resolución judicial
Por su parte, los abogados defensores Guillermo Levingston y Roberto Estevez cuestionaron la acusación y aseguraron que no hay pruebas suficientes para sostener la imputación en los términos del artículo 200. Levingston calificó la causa como “una caza de brujas”.

Tras escuchar a las partes, la jueza Banó recordó que la acción penal corresponde al Ministerio Público Fiscal, que dirige la investigación. Señaló que, aunque no estaba acreditado en la audiencia si el imputado contaba con habilitación específica ni si hubo controles bromatológicos, la presencia de salmonella en los alimentos confirmada por peritajes encuadra en la figura prevista en el artículo 200 del Código Penal, que contempla la modalidad culposa en el artículo 203.

Finalmente, consideró que la formulación de cargos cumplió con los requisitos formales y resolvió admitirla. También ordenó medidas de coerción: Covarrubias deberá firmar mensualmente el libro de imputados y no podrá salir de la provincia durante los próximos tres meses. Además, la jueza dispuso notificar a la Municipalidad de San Luis para que tome conocimiento de la causa.