Uno de los detenidos por el homicidio

Este lunes, la jueza de Garantía N° 4, Luciana Banó, ordenó 120 días de prisión preventiva para Kevin Ortiz y Marcos Videla, acusados por el homicidio de Valentín Manuel Sosa, ocurrido el 4 de agosto en el barrio 274 Viviendas de Juana Koslay.


La decisión se tomó a pedido de la Fiscalía de Instrucción N° 2, a cargo de Ricardo Barbeito y Ornella Costa, que imputó a ambos por homicidio agravado (artículo 80, inciso 7, del Código Penal) por haber sido cometido para facilitar u ocultar otro delito y procurar la impunidad.

El fiscal fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales. “Hay riesgo de fuga, atendiendo a la gravedad de la pena en expectativa, y de entorpecimiento, dado que aún resta tomar declaraciones a testigos claves del barrio que podrían ser influenciados”, explicó Barbeito.

Las defensas, a cargo de los defensores oficiales Carlos Salazar y Stefanía Cifuentes, cuestionaron la medida y pidieron alternativas menos gravosas. Cifuentes (que representa a Ortiz) recordó que la causa comenzó “como una muerte natural” y señaló que el domicilio de la víctima estaba “en perfectas condiciones, sin ningún tipo de desorden que alertara sobre un posible robo”.

Además, planteó que “es apresurado hablar de una conexidad entre un robo y un homicidio cuando no hay evidencia de ese delito” y mencionó que, tras la entrega de la vivienda a la hermana de la víctima, “se encontraron armas, municiones y dinero en efectivo en una riñonera guardada en un placard”. También adelantó que pedirá prisión domiciliaria si se mantiene la medida.

Salazar, defensor de Videla, afirmó que la declaración de su asistido “ya fue corroborada en varios puntos” y que “no actuó ni sabía qué iba a pasar ese día en la casa de la persona que falleciera”. Sostuvo que el plazo de 120 días es excesivo y propuso 30 días para completar dos pericias: una sobre un guante hallado en la reconstrucción del hecho y otra sobre el análisis de un teléfono.

Finalmente, la jueza hizo lugar al pedido de la fiscalía y aclaró que la prisión preventiva “no es un anticipo de pena, sino una medida cautelar para resguardar los riesgos del proceso”. Destacó “la solidez de la imputación”, las características del hecho y la existencia de riesgos de entorpecimiento y fuga.