Este miércoles, en el Juzgado de Garantía Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Agustina Dopazo Samper, se resolvió la elevación a juicio de la causa en la que está imputado Mariano Mourelle por la muerte de Yonathan Valera Salazar. El Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como “homicidio simple con dolo eventual” y solicitó una pena de nueve años de prisión. La querella, ejercida por el abogado Martín Ávila Velázquez, adhirió a la calificación propuesta por la Fiscalía pero pidió que la pena sea de 16 años de prisión.
En representación de la Fiscalía de Instrucción Penal Nº 1 intervinieron el Fiscal Francisco Assat Alí y el Fiscal adjunto Juan Pablo Estopiñán.
La defensa de Mourelle estuvo a cargo de los abogados Cristóbal Ibañez y Nedo Gómez, quienes presentaron un recurso de inconstitucionalidad en relación a la calificación legal adoptada por el Procurador General de la Provincia, recurso que fue rechazado.
El caso
De acuerdo con la acusación, el 11 de diciembre del año pasado, alrededor de las 21:30 horas, Mariano Mourelle conducía un automóvil Fiat Cronos blanco a alta velocidad por calle Héroes de Malvinas. En la intersección con calle San Juan embistió desde atrás a Yonathan Valera Salazar, quien se encontraba detenido en su bicicleta aguardando la luz verde del semáforo.
La víctima fue arrastrada por el vehículo hasta impactar contra un colectivo, cayó sobre el asfalto y falleció a raíz de las lesiones. Según lo expuesto por la Fiscalía, el imputado no detuvo su marcha y posteriormente colisionó contra un automóvil estacionado, lo que permitió que transeúntes lo retuvieran hasta la llegada de la policía.
En un principio, el hecho fue calificado como homicidio culposo calificado por la fuga, mientras que la querella lo consideró homicidio simple con dolo eventual. Finalmente, el Procurador General unificó la acusación bajo esta última figura prevista en los artículos 79 y 45 del Código Penal.
Durante la audiencia, las partes ofrecieron la prueba testimonial y documental que será producida durante el debate oral. Finalmente, la jueza resolvió tener por admitida la acusación y dispuso la elevación de la causa a juicio oral.
El expediente será remitido al Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial, que deberá designar el tribunal que llevará adelante el debate y fijar la fecha de inicio del juicio.
¿Por qué la querella pidió una pena diferente?
La intervención de la querella en el proceso penal tiene autonomía respecto del Ministerio Público Fiscal. Esto significa que el acusador privado, en representación de la víctima o sus familiares, puede sostener una calificación legal distinta o solicitar una pena diferente a la requerida por la Fiscalía. En este caso, mientras el Ministerio Público Fiscal pidió una condena de nueve años de prisión para el imputado, la querella acompañó la calificación pero requirió una pena mayor, de 16 años, ejerciendo de manera independiente su rol en la acusación.
Fuente: Prensa Poder Judicial