Este lunes por la mañana comenzó el juicio político contra el juez del Juzgado de Garantía N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, Santiago Andrés Ortiz. El debate se desarrolla en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia y está a cargo del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de San Luis, con transmisión en vivo a través del canal oficial de YouTube del Poder Judicial. La jornada comenzó en la mañana de este lunes y continúa por la tarde.

El proceso tiene como eje la actuación del magistrado al excusarse de intervenir en la causa que investiga presuntos hechos de corrupción en el complejo Molino Fénix, donde se encuentran imputados el diputado Joaquín Beltrán y la exdiputada Anabela Lucero, exadministradores del predio durante las gobernaciones de Alberto Rodríguez Saá. Ortiz se apartó del expediente en marzo al señalar un vínculo indirecto con Beltrán, ya que un familiar suyo mantenía un contrato de alquiler con el legislador, posteriormente rescindido. La excusación fue rechazada por el juez Alfredo Cuello, en una resolución que derivó en la denuncia que dio origen al jury.

La formación de causa fue dispuesta el 23 de septiembre, cuando el Jurado resolvió admitir la acusación impulsada por el abogado Carlos Desiderio Díaz y suspender al juez con el 50% de su salario. En ese marco, el Procurador General de la Provincia, Eduardo Sebastián Cadelago Filippi, actúa como acusador, mientras que la defensa está a cargo del abogado Roberto Javier Pereira, quien cuestionó la legitimidad del proceso y sostuvo que los hechos atribuidos no configuran una causal de destitución.

El Jurado de Enjuiciamiento está presidido por Jorge Alberto Levingston e integrado por Daniel César Calderón, María Claudia Uccello, Mauricio Secundino Daract, Carlos Leonardo García, Fernando Aníbal Suárez y los diputados Carlos Roberto Pereira, Christian Ariel Gurruchaga y Lino Walter Aguilar, con Paola Giannini como secretaria. El expediente se encuentra caratulado como “Ddo. Ortiz Santiago Andrés, Juez del Juzgado de Garantía Nº 4 de la 2º C.J. – Dte. Díaz Carlos Desiderio”, JUR 77/25.