La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó, por mayoría, el recurso presentado por la defensa del exministro de la Legalidad de Alberto Rodríguez Saá, Sergio Gustavo Freixes, para que pudiera cumplir en prisión domiciliaria la condena de seis años de prisión que cumple por la causa conocida como la “renuncia anticipada de jueces”,. La resolución, firmada el 15 de septiembre, confirmó el rechazo dispuesto por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Luis.
Freixes fue condenado en esa causa por hechos vinculados con el mecanismo de renuncias anticipadas de magistrados durante el gobierno de Alberto Rodríguez Saá. En marzo de este año, su defensa había solicitado que pudiera cumplir la pena en su domicilio por razones humanitarias, principalmente para asistir a su esposa, Viviana Beatriz Moreyra, quien padece distintas afecciones de salud.
El Tribunal Oral Federal de San Luis había rechazado ese pedido al considerar que no se encontraban acreditadas las circunstancias que justificaran la prisión domiciliaria. La defensa recurrió esa decisión ante la Cámara Federal de Casación Penal y planteó que trasladar las tareas de cuidado hacia los hijos del matrimonio implicaba imponerles cargas que no podían afrontar. También cuestionó que se considerara que la hija de ambos, Diamela Freixes, actual intendenta de Nueva Galia, pudiera asumir esas tareas debido a las obligaciones propias de su función.
Los fundamentos de la mayoría
El juez Gustavo Hornos, cuyo voto encabezó la decisión mayoritaria, sostuvo que la prisión domiciliaria no se concede automáticamente y que cada caso debe ser evaluado de acuerdo con sus circunstancias particulares. En este caso, consideró que la defensa no logró conmover los fundamentos utilizados por el Tribunal Oral Federal de San Luis.
La resolución destacó que Moreyra tiene dos hijos que viven en Nueva Galia y que su hija Diamela Freixes, actual intendenea de esa localidad, asume de manera predominante las tareas de asistencia cotidiana de su madre, entre ellas la preparación de alimentos, la higiene, el acompañamiento, la adquisición de medicamentos y la gestión de controles médicos. Su hijo Francis Emanuel, según el fallo, también colabora ocasionalmente.
Además, la mayoría señaló que Moreyra cuenta con cobertura médica de DOSEP, ingresos propios y una red de apoyo familiar. También consideró que no se había acreditado que Sergio Freixes fuera la única persona que pudiera brindarle la asistencia necesaria.
Hornos concluyó que la resolución cuestionada estaba suficientemente fundada y que no presentaba vicios que permitieran considerarla arbitraria. Por ese motivo, propuso rechazar el recurso y confirmar la decisión anterior.
El voto en disidencia
La resolución tuvo la disidencia del juez Mariano Hernán Borinsky, quien consideró que el tribunal que había rechazado la prisión domiciliaria realizó una valoración parcial de la situación de salud de Moreyra.
Borinsky destacó que los informes médicos consignaron que la mujer padece artritis reumatoidea severa, epilepsia, limitaciones funcionales y otras patologías, y que requiere asistencia de terceros para distintas actividades de la vida diaria. También mencionó un informe que determinó un grado de incapacidad igual o superior al 76% y una situación de dependencia funcional severa.
El juez también puso de relieve que Moreyra reside en una zona rural de Nueva Galia y que la vivienda había sufrido un incendio. Según lo señalado en el expediente, la defensa afirmó que el inmueble no había podido ser reparado completamente y que se había reducido a una habitación y un baño.
Por estos motivos, Borinsky propuso hacer lugar al recurso de la defensa, anular la resolución anterior y reenviar el expediente para que se dicte un nuevo pronunciamiento.
Finalmente, los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos votaron por rechazar el recurso, mientras que Borinsky lo hizo en disidencia. La Cámara, por mayoría, resolvió rechazar el recurso de casación presentado por la defensa de Freixes y mantener el rechazo al pedido de prisión domiciliaria.




