Un Tribunal Unipersonal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Yanina Del Viso, condenó a Sergio Dante Lozano a tres años de prisión en suspenso por haber privado ilegítimamente de la libertad a su expareja, a quien golpeó y mantuvo retenida durante varias horas en una vivienda de la ciudad de San Luis. La sentencia se dictó mediante un juicio abreviado, en el que el hombre reconoció los hechos y aceptó la pena acordada entre la Fiscalía y su defensa.
La víctima también prestó su consentimiento para que la causa concluyera mediante este procedimiento y con la pena convenida por las partes.
El episodio ocurrió entre el 2 y el 3 de enero de 2018. Según la reconstrucción presentada por la fiscal de Género Nº 2, Antonella Córdoba, el hombre se encontró con quien entonces era su pareja en inmediaciones de las avenidas Riobamba y Centenario y le exigió que lo acompañara a su domicilio, bajo la amenaza de golpearla si se negaba.
Una vez en la vivienda, Lozano le quitó el teléfono celular y comenzó a agredirla físicamente. Le propinó golpes de puño en la cabeza y la golpeó con un palo de escoba en distintas partes del cuerpo, principalmente en los brazos y las piernas. Además, le impidió abandonar el lugar durante varias horas.
Alrededor de las 5 de la madrugada del 3 de enero, vecinos alertaron a la Policía por los disturbios que se escuchaban desde el domicilio. Cuando los efectivos llegaron, encontraron a la mujer pidiendo auxilio, con lesiones visibles en distintas partes del cuerpo y en estado de crisis nerviosa.
Ante la presencia policial, Lozano intentó escapar de la vivienda y se resistió a ser detenido mediante golpes de puño y patadas contra los efectivos. Finalmente, fue reducido.
Durante la audiencia, la Fiscalía expuso las pruebas que respaldaban la acusación, entre ellas la denuncia de la mujer, informes médicos que documentaron las lesiones, actuaciones policiales y declaraciones de efectivos y vecinos que intervinieron o tomaron conocimiento de lo ocurrido.
La representante del Ministerio Público Fiscal encuadró los hechos en los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia y resistencia a la autoridad, en concurso real, y solicitó una pena de tres años de prisión en suspenso.
La conformidad de la víctima y la evaluación de riesgo
Durante su exposición, Córdoba informó que el 17 de octubre mantuvo una entrevista personal con la víctima, en la que le explicó las características del juicio abreviado, sus alcances y las consecuencias de la pena acordada. Según manifestó la fiscal, la mujer expresó su conformidad con que el proceso concluyera mediante este procedimiento.
En esa entrevista, la víctima también señaló que, después del episodio investigado, no volvieron a producirse situaciones de violencia por parte de Lozano. La fiscal indicó además que el condenado es el padre de sus hijos y que actualmente ambos mantienen vidas separadas.
La Fiscalía también incorporó a su exposición las conclusiones de un informe actualizado de evaluación de riesgo, elaborado el 16 de octubre. Según lo expuesto en la audiencia, el informe abordó la situación actual de la mujer y los factores asociados a los episodios de violencia, entre ellos patrones de conducta estereotipados cuya expresión se habría visto potenciada por el consumo de sustancias psicoactivas.
En ese contexto, la representante fiscal hizo referencia al cese de las situaciones de violencia y a la situación actual de la víctima, elementos que fueron considerados al presentar el acuerdo de juicio abreviado.
El reconocimiento de los hechos y la condena
Por su parte, la defensa de Lozano, ejercida por la abogada Gabriela Gargiulo, prestó conformidad con la propuesta. El imputado reconoció los hechos atribuidos y aceptó tanto la calificación legal como la pena acordada.
Durante la audiencia, también informó que se encontraba realizando un tratamiento terapéutico ambulatorio y que había gestionado una licencia laboral para continuar con su abordaje.
Luego de escuchar a las partes y verificar la conformidad del imputado, la jueza Del Viso dispuso un cuarto intermedio de más de dos horas para analizar la presentación.
Al reanudarse la audiencia, la magistrada admitió el acuerdo y condenó a Sergio Dante Lozano a tres años de prisión en suspenso.
Asimismo, estableció por el plazo de dos años el cumplimiento de reglas de conducta: fijar residencia y comunicar cualquier cambio de domicilio, procurar la continuidad del tratamiento terapéutico y abstenerse de consumir alcohol.
La pena en suspenso implica que el condenado no deberá cumplirla inicialmente en un establecimiento penitenciario, aunque deberá respetar las condiciones impuestas y las demás exigencias legales.
En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal Antonella Córdoba, acompañada por Ángeles Bustos, pasante de la Universidad Católica de Cuyo. La defensa estuvo a cargo de Gabriela Gargiulo.
Fuente: Prensa Poder Judicial




