La Cámara de Diputados de San Luis sancionó definitivamente, por 25 votos a favor y 11 en contra, un proyecto impulsado por el Gobierno provincial que modifica la organización de la Justicia, las funciones de los fiscales y defensores públicos, las competencias de los jueces de ejecución penal y el funcionamiento del Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas. La iniciativa fue cuestionada por legisladores opositores y por fiscales de las tres circunscripciones judiciales, quienes habían manifestado su disconformidad y advertido sobre las consecuencias laborales de los cambios.

El proyecto había obtenido media sanción del Senado hace pocas semanas. Durante el debate en Diputados, el oficialismo defendió la reforma como una herramienta para mejorar el servicio de justicia y reducir la demora en las causas, mientras que desde la oposición cuestionaron la falta de fundamentos técnicos y de consenso con los trabajadores judiciales.

Uno de los puntos más discutidos fue la reorganización del Ministerio Público Fiscal. La semana pasada, fiscales de las tres circunscripciones habían presentado una nota al procurador general, Sebastián Cadelago Filippi, para expresar su preocupación y solicitar una audiencia urgente. Advirtieron que la reforma podría incrementar sus responsabilidades sin una mejora salarial ni un refuerzo de los recursos humanos y materiales.

Zanglá cuestionó la falta de fundamentos técnicos

Durante el debate, la diputada María José Zanglá, del bloque Unidad Justicialista, cuestionó la forma en que se impulsó la reforma y reclamó una actualización integral de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.

“Es la tercera ley que tratamos en el año de modificación de la Carta Orgánica de Administración de Justicia. Y como integrante de la Comisión de Asuntos Constitucionales siempre pedimos lo mismo desde el bloque: por qué no se trata toda la ley orgánica junta”, planteó.

La legisladora sostuvo que, aunque reconoce la necesidad de actualizar la normativa, las modificaciones deben estar respaldadas por información técnica. “Vimos carecer de fundamentos técnicos, no hay estadísticas, no hay tiempo de demora, no hay productividad por cada una de las personas”, afirmó.

También cuestionó la falta de consenso con los trabajadores judiciales y mencionó el rechazo manifestado por los fiscales. Según dijo, las autoridades judiciales habían señalado dificultades vinculadas con la escasez de personal calificado, las vacantes sin cubrir y las renuncias que, a su entender, están relacionadas con los bajos salarios.

“Creemos que las modificaciones deben hacerse, pero principalmente son modificaciones que se deben hacer con el consenso de las partes”, sostuvo.

En su intervención, Zanglá relató una conversación sobre las preocupaciones de los fiscales y atribuyó al procurador general una respuesta que cuestionó: “La frase de cierre del fiscal fue ‘A llorar al campito’”.

“Creo que el liderazgo se ejerce con consensos y no solamente desde lo político partidario, sino en todas las instituciones”, concluyó.

El oficialismo defendió el proyecto

La presidente del bloque Ahora San Luis, Eugenia Gallardo, defendió la iniciativa y sostuvo que fue trabajada con las principales autoridades del Poder Judicial.

“Tenemos una mirada distinta porque evidentemente se trata de un proyecto que ha sido trabajado por quienes son los pilares más importantes del Poder Judicial, la Defensoría, la Procuración, el Superior Tribunal. Fueron ellos quienes trabajaron en este proyecto de ley junto con el Ejecutivo”, afirmó.

Frente a las críticas por la falta de consenso, Gallardo sostuvo que la iniciativa cuenta con respaldo institucional y recordó que ya había obtenido media sanción en el Senado.

“Si hablamos de consenso y de institucionalidad, esta ley la tiene”, manifestó.

La legisladora defendió el objetivo de reducir las demoras judiciales y consideró positivo que se introduzcan modificaciones a las normas que regulan el funcionamiento de la Justicia.

“Esta ley, como otras, evidentemente está buscando un beneficio para todos quienes necesitan recurrir a la Justicia en algún momento de su vida, que es disminuir la mora judicial”, expresó.

Gallardo agregó que son bienvenidos los aportes y las modificaciones que permitan mejorar las normas que organizan el funcionamiento interno de la Justicia, especialmente cuando provienen de quienes tienen a su cargo su administración.

Finalmente, con 25 votos afirmativos y 11 negativos, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto impulsado por el Gobierno provincial.

La reorganización de las fiscalías

La ley modifica la estructura del Ministerio Público Fiscal y establece nuevas competencias para los fiscales penales, los fiscales multifueros y los fiscales coordinadores. Los fiscales penales podrán intervenir en las distintas instancias de los procesos, mientras que los coordinadores actuarán ante los mismos organismos que los fiscales penales y multifueros, de acuerdo con la reglamentación.

La reforma también dispone que el procurador general reasigne a los actuales fiscales de juicio de las tres circunscripciones a cargos de fiscal coordinador o fiscal penal. Si el cambio implica una modificación del lugar de trabajo, se requerirá el consentimiento expreso del funcionario. Las reasignaciones deberán adquirir carácter definitivo en un plazo máximo de dos años desde la entrada en vigencia de la ley.

Otro cambio es la posibilidad de que la Procuración y la Defensoría General adapten la organización de sus equipos y distribuyan funciones según las necesidades del servicio. La norma habilita la conformación de unidades de gestión temporales o especializadas para abordar asuntos que, por su naturaleza o volumen, requieran una intervención técnica diferenciada. La distribución de la carga de trabajo deberá atender criterios de especialización, eficiencia operativa y equilibrio sistémico.

Cambios en juzgados y jueces de ejecución penal

La ley también modifica la organización de la Justicia provincial y la distribución de competencias en las distintas circunscripciones. Entre otros aspectos, actualiza la estructura de juzgados de primera instancia, de familia, de garantía, penales juveniles y contravencionales, además de las fiscalías y defensorías.

En cuanto a los jueces de ejecución penal, la norma precisa sus funciones en el cumplimiento de las penas privativas de la libertad, las medidas de seguridad y el control de la suspensión del juicio a prueba y de las condenas de ejecución condicional.

Estos magistrados deberán resolver cuestiones vinculadas con salidas transitorias, semilibertad, libertad asistida, libertad condicional, prisión domiciliaria y régimen preparatorio para la liberación. También tendrán competencia para controlar el cumplimiento de las condiciones impuestas y resolver eventuales revocaciones de beneficios.

La reforma contempla, además, el control de las medidas relacionadas con la Ley Nacional de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad y establece que las resoluciones de los jueces de ejecución penal podrán ser apeladas ante el Colegio de Jueces.

Modificaciones en la Defensa Pública

El proyecto redefine atribuciones y funciones del defensor general, máxima autoridad del Ministerio Público de la Defensa, y establece nuevas pautas para la organización y distribución del trabajo de los defensores públicos.

Entre sus responsabilidades, incorpora la supervisión del funcionamiento de las defensorías, el control de la prestación del servicio, la administración de recursos humanos y materiales y la organización de las causas. También prevé mecanismos para asegurar la asistencia y representación técnica de personas detenidas, niños, niñas, adolescentes y personas que requieran apoyos específicos.

La ley incorpora, además, un artículo sobre la regulación y percepción de honorarios. En las causas penales, el imputado que sea asistido por la Defensa Pública deberá solventar los gastos de su defensa cuando cuente con medios económicos suficientes. Si carece de recursos, el pago será eximido. En las causas no penales, los honorarios de los defensores públicos que actúen como contraparte vencida serán solventados, salvo que la condena en costas no pueda hacerse efectiva por falta de medios suficientes.

Los fondos provenientes de esos honorarios integrarán los recursos propios del organismo y deberán destinarse a capacitación del personal, fortalecimiento y optimización del servicio, según la reglamentación.

Cambios en el Registro de Huellas Genéticas

La reforma también modifica la ley del Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas. Establece que las muestras biológicas serán analizadas en el Laboratorio de Genética Forense del Poder Judicial de San Luis o en los organismos públicos autorizados con los que se celebren los convenios correspondientes.

Además, habilita al Ministerio Público Fiscal a promover intercambios de información y convenios con registros de características similares de organismos públicos municipales, provinciales, nacionales e internacionales, siempre que tengan finalidades compatibles con la ley.

La norma dispone que el Ministerio Público Fiscal reglamentará el funcionamiento del registro, las características de las muestras, las modalidades de administración, las normas técnicas para los procedimientos de toma y conservación de evidencias y su cadena de custodia. También fijará los requisitos que deberán cumplir las instituciones y organismos que quieran acreditar su idoneidad para determinar huellas genéticas.