Esta es la documentación que los frentes electorales deberÔn cumplimentar:
1. Original y copia del Acta Constitutiva de la Alianza Transitoria y/o Frente Electoral, firmada por los Apoderados de los partidos polĆticos que conforman la Alianza.
2. Original y copia del Acta de cada Partido que autorice al mismo, a integrar la Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
3. Copias de las Cartas OrgÔnicas, que debe contener la Autorización para conformar Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
4. Nombre comĆŗn adoptado que va a tener la Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
5. Texto de la plataforma comĆŗn de la Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
6. Designación de Apoderados comunes de Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
7. Fijar domicilio legal de la Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
8. Constituir domicilio electrónico de la Alianza Transitoria y/o Frente Electoral.
Este trĆ”mite deberĆ” presentarse en la sede de la SecretarĆa Electoral, ubicada en Rivadavia NĀŗ 292 de la ciudad de San Luis, de 7 a 13 horas. El dĆa del vencimiento, 31 de mayo, se habilitarĆ” el horario de 18 a 24 horas.
Cabe aclarar que el rĆ©gimen electoral, en cuanto a las primarias abiertas, simultĆ”neas y obligatorias (PASO) se modificó mediante la Ley Provincial NĀŗ XI-0965-2017, a partir de la cual se establecen las primarias, abiertas y simultĆ”neas (PAS). En consecuencia, no son obligatorias para las agrupaciones polĆticas que opten por dirimir por consenso interno las candidaturas. No obstante, en caso de que alguna agrupación elija participar de esta instancia eleccionaria, los electores no estĆ”n obligados a emitir su voto.
Cabe aclarar que, las PAS tienen como propósito la elección de los precandidatos que intervendrÔn en las elecciones generales provinciales y municipales que se llevarÔn a cabo el 22 de octubre, de manera simultÔnea a las nacionales. Previo a esto se realizarÔn las PASO para cargos nacionales el 13 de agosto.
De este modo, los puntanos que decidan participar de las primarias provinciales, que recordemos no son obligatorias, tendrƔn que ir a votar tres veces: el 30 de julio, el 13 de agosto y el 22 de octubre. El resto solo votarƔ el 13 de agosto y el 22 de octubre.