La Dirección Provincial de Comercio y Defensa del Consumidor realizó este miércoles un operativo Coraza Hierros debido a denuncias que realizaron clientes de la empresa. Defensa del Consumidor certificó que se obligaba al consumidor a comprar cemento como condición para adquirir hierro.
Este accionar es punible por las siguientes normas: artículo 1099 del Código Civil, el cual dispone que están totalmente prohibidas las prácticas que limiten la libertad de contratar del consumidor, en especial aquellas que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros.
Por otro lado, también se aplica el artículo 37, inciso “b”, de la Ley 24240, que establece que se tendrán por no convenidas aquellas cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos del consumidor. Y por último, también es imputable por el artículo 8 bis de la citada ley que habla del trato digno y prácticas abusivas. Esta cuestión de obligar al consumidor a llevar un artículo que no elige vulnera el trato digno que debe recibir el consumidor.