Esta semana han sido aclarados muchos aspectos sobre el funcionamiento del hospital Ramón Carrillo. “Para la asistencia de los pacientes es un sistema de administración inédito público y privado”, detalló la presidenta del Directorio, María José Zanglá. Esto significa que el Hospital Central es parte de una sociedad del Estado regido por el derecho privado y no está bajo la esfera del Ministerio de Salud. Por lo tanto, no es un hospital con atención descentralizada y no lo rige la Ley de Autogestión Hospitalaria.
En este contexto, el bloque de diputados de Unidos por San Luis ha presentado un pedido de informe. El mismo incluye algunas preguntas cuya respuesta ya se conoce, como el caso de quién lo administra; pero también interrogantes como cuál es el destino de las ganancias obtenidas y los modelos de contratación del personal que allí trabaja.
En sus fundamentos, los legisladores opositores sostienen que la modalidad de funcionamiento del Ramón Carrillo “resulta violatoria a lo establecido en el artículo N°57 de la Constitución Provincial, el cual establece que ‘El Estado garantiza el derecho a la salud, con medidas que lo aseguran para toda persona, sin discriminaciones ni limitaciones de ningún tipo’”. En este sentido, el proyecto argumenta que en este caso “el Estado provincial restringiría el acceso a ciertos ciudadanos, limitando así el acceso al servicio prestado por dicho hospital, ya que aquellos ciudadanos que cuenten con obra social no adherida solo pueden acceder a dichos servicios a través del pago de las practicas a realizar”.
“Nos encontramos frente a un hospital aparentemente de carácter privado pese a que la inversión afrontada para su construcción provino de fondos públicos”, agrega el proyecto en otra parte de sus fundamentos.
El articulado
ARTÍCULO 1º.- Dirigirse al Poder Ejecutivo Provincial y por su intermedio al Ministerio que corresponda, para que dentro del plazo de 7 (SIETE) días hábiles de recibido el requerimiento, informe por escrito sobre los siguientes puntos:
a) Informe si el Hospital Central Ramón Carrillo, construido con fondos estatales, se encuentra administrado por entidades privadas, en su caso especifique que entidad administra el referido hospital.
b) Informe de manera detallada y fundamentada si el referido hospital es de carácter público o privado.
c) Para el supuesto caso que se tratara de un hospital de carácter privado de manera total o parcial, informe la persona física o jurídica que ostenta la propiedad de dicho sector.
d) En virtud de lo informado por la Sra. Presidente Directorio del referido hospital informe de manera detallada, el dinero que ingresa a través de las obras sociales, especificando el monto obtenido mes a mes. Asimismo, informe de manera detallada el destino de las ganancias obtenidas.
e) Informe la nómina de personal que se encuentra prestando funciones en el referido hospital, detallando, profesión, función que desempeña dentro del hospital y modalidad de contratación.
f) Informe bajo qué convenio o relación contractual se vincula a los profesionales de la carrera sanitaria con el referido hospital.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.