El Ministerio Público Fiscal pidió una pena de 15 años de prisión para un hombre acusado de abuso sexual gravemente ultrajante agravado a su hija de 10 años. El juez de Garantía Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, Santiago Ortiz, ordenó que se extienda la prisión preventiva por 60 días al acusado y que se fije fecha de juicio oral.

La audiencia de control de acusación Franscisco Assat, representante de la Fiscalía, realizó una descripción del delito investigado. Aseguró que tienen por acreditado que el imputado realizó, entre otros actos, tocamientos contra su hija de 10 años, en un domicilio de la ciudad de Villa Mercedes, mientras la niña se encontraba bajo su cuidado. Describió que los hechos se produjeron entre mediados del 2021 y mediados del 2022, y que fueron actos numerosos y reiterados.

Explicó que la Cámara Gesell realizada a la víctima, y la denuncia realizada por la mamá de la niña, son evidencias agregadas a la causa que se incorporarán al juicio oral.

Enumeró pruebas testimoniales y documentales y encuadró al hecho como un abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo (art 119 2º párrafo, en relación al 4to párrafo e inc b del Código Penal Argentino). Solicitó que se lo condene a 15 años de prisión, mencionó como atenuantes la falta de antecedentes del imputado y como agravantes, la extensión del daño psíquico causado a la víctima.

Por su parte, la defensora oficial Cecilia Mithiaux solicitó que los informes de Cámara Gesell, psiquiátrico y psicológico, sean tenidos en cuenta en la etapa de cesura del juicio. Explicó que su defendido habría desplegado los mismos comportamientos en otras situaciones y pidió que se haga una reserva, por una denuncia pendiente en contra del imputado por un delito de la misma índole, en caso de que corresponda acumular las actuaciones.

Por último, Assat, pidió una prórroga de la prisión preventiva del imputado, hasta la realización del debate oral. Aseguró que los riesgos procesales siguen intactos: mencionó el peligro de fuga y el eventual riesgo para la víctima.

Luego de escuchar a las partes, el juez Ortiz resolvió: disponer la apertura del juicio por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo (art 119 2º párrafo, en relación al 4to párrafo e inc b del Código Penal Argentino) y atento lo previsto en el Código de Procedimiento Penal de la provincia de San Luis, remitir las actuaciones al Colegio de Jueces a fin de que se fije fecha de inicio del debate oral.

Asimismo, ordenó una prórroga de la prisión preventiva por el término de 60 días, la cual vencerá el próximo cuatro de julio.

Por tratarse de un delito en perjuicio de una persona menor de 18 años, no se consignan los datos identificatorios de las partes a fin de preservar el derecho a la intimidad, privacidad y confidencialidad de la víctima (Art.22 Ley 26.061).