La jueza Penal Juvenil y Contravencional de la ciudad de San Luis, Daniela Benenati, hizo lugar al pedido de la Fiscalía N° 1 y revocó este viernes la prisión domiciliaria bajo supervisión de uno de los dos imputados por el homicidio de Cristian Esquivel, luego de que la policía lo detuviera anoche fuera del domicilio que le habían fijado para transitar la medida coercitiva.

De esta manera, el adolescente, que al momento del hecho tenía 17 años pero que actualmente alcanzó la mayoría de edad, fue trasladado al Servicio Penitenciario bajo prisión preventiva. La calificación legal provisoria contra el acusado es de la Homicidio Criminis Causa en calidad de coautor. El otro detenido en la causa es su hermano, Omar Becerra de 22 años, privado de la libertad en el penal provincial.

La medianoche del 4 de julio, un efectivo policial de la Comisaría N° 23, que cubría la consigna policial en el domicilio del acusado, informó que el joven punible se había retirado de la casa. Una vecina, además, lo vio saltar una medianera y salir por el patio de su vivienda. Dos horas después fue recapturado en el Barrio Tibilleti y puesto a cargo de la fiscalía en turno.

“Se labraron actuaciones correspondientes y en la constatación policial donde cumplía la detención domiciliaria no se encontraron prendas de vestir del imputado, lo que permite inferir que se quería fugar. Este quebrantamiento de la medida otorgada afecta directamente los fines del proceso y torna la prisión domiciliaria insuficiente; por esto hemos solicitado la mutación de la medida a la de prisión preventiva”, explicó el fiscal N° 1 Francisco Assat Alí en la audiencia de este viernes, quien se encontraba acompañado por la fiscal adjunta Roxana Alcaraz.

“En este caso en particular, y habiendo un quebrantamiento de la medida otorgada por la jueza Benenati, no encontramos otra medida de coerción suficientemente adecuada que neutralice el riesgo de fuga. Entendemos en este excepcional caso que es procedente la preventiva en la Unidad N° 2 destinada a jóvenes adultos de 18 a 22 años”, concluyó el fiscal.

El adolescente estuvo representando por el abogado Raúl Saravia, quien se opuso al pedido del Ministerio Público Fiscal.

“Debemos ser coherentes con nuestras resoluciones”
Al adolescente, la justicia le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria en marzo del 2024 por tres meses y se la prorrogó por otros noventas días, plazo que se vence en septiembre. “Estamos ante un quebrantamiento de una medida de coerción, que implica un peligro de fuga frente a un delito grave con una pena en expectativa alta y de cumplimiento efectivo. Cuando el fiscal Assat solicitó la preventiva no la otorgué, más allá de que el adolescente había alcanzado la mayoría de edad, debido a que no se había producido un quebrantamiento de la medida”, dijo Benenati.

“Sin embargo -agregó-, debemos ser coherentes con nuestras resoluciones y para seguir con ese marco de coherencia, debido a que estamos ante un quebrantamiento efectivo conforme informe policial del 4 de julio, sumado al incumplimiento de una orden judicial, es que revoco la medida de privación impuesta en el domicilio y la convierto en prisión preventiva conforme lo establece el artículo 202 del Código Procesal Penal Provincial”.

La medida coercitiva vence el 4 de septiembre de 2024. Es importante destacar que el plazo no corresponde al dictado de una condena, sino que es el tiempo que la Fiscalía solicita para poder terminar con la investigación y pedir, si tiene fundamentos para hacerlo, la elevación a juicio oral de la causa donde se va a determinar la culpabilidad o no del imputado y se impondrá, si correspondiese, una pena.

Benenati también mencionó que es obligación del Poder Ejecutivo arbitrar los medios necesarios para que el cumplimiento de las medidas de coerción se realice en el marco de la Ley Penal Juvenil y los tratados internacionales.

También ordenó librar oficios al Complejo Penitenciario para informar que, si bien el imputado alcanzó la mayoría de edad, continúa sometido al Régimen Penal Juvenil y tratados internacionales por lo que el cumplimiento de la medida de coerción deberá efectivizarse en la Unidad N° 2 dispuesta para jóvenes adultos.

Además, dispuso que, conforme al tratamiento médico que realiza el adolescente, se oficie al Hospital de Salud Mental, al Centro de Protección a las Adicciones, para que pueda continuarlos.

El caso
El ataque a la víctima, un tatuador de 49 años, ocurrió el 22 de febrero a las 3:40 horas, a pocos metros de su casa, ubicada sobre calle Riobamba al 900, frente a la Plazoleta de la Paz. Esquivel sufrió siete puñaladas y cayó en la vereda norte de Héroes de Malvinas, al 500. Murió momentos después, mientras médicos del Hospital “Ramón Carrillo” lo operaban para tratar de salvarle la vida.

En una audiencia de formulación realizada el 7 de marzo pasado, Omar Becerra dijo que su hermano apuñaló a Esquivel. Que esa noche llegaron hasta Héroes de Malvinas y Riobamba y que el tatuador y el más joven de los imputados buscaron el lugar menos iluminado para hacer la operación pero que a los pocos minutos comenzaron a discutir y el adolescente se defendió con un cuchillo.

Becerra añadió que nunca anduvo por comisarías, que siempre trabajó y que jamás “anduvo haciendo macanas”, y que el hermano le había contado que con Esquivel se habían reunido el 21 de febrero al mediodía en la zona del Hotel Dos Venados. Allí presuntamente habrían organizado el encuentro horas más tarde, a pocos metros de la casa de Esquivel. “Nos juntamos en Héroes de Malvinas y Riobamba porque ahí es donde siempre limpia vidrios mi hermano”, dijo el acusado. Cuando el fiscal de Instrucción N° 1 le preguntó sobre el cuchillo, Becerra dijo que su hermano “ya no lo tenía cuando llegamos a la casa de mi mamá”.

Fuente: Prensa Poder Judicial