Los tres acusados por el crimen de Jesús Muñoz (27) fueron condenados a la pena de prisión perpetua. El tribunal conformado por Virna Eguinoa, Sebastián Cadelago Filippi y Daniela Estrada resolvió condenar a la pena de prisión perpetua a Alejandro Jonathan Moreno, Isaías Sebastián Suarez y Rodrigo Ezequiel Chillote por ser coautores penalmente responsables del delito de homicidio criminis causa.
El asesinato ocurrió el pasado 25 de febrero de 2024, en una plaza ubicada en el barrio 1000 Viviendas de Villa Mercedes. Allí, Muñoz se encontraba con su novia cuando fueron abordados por tres personas, quienes se conducían en motocicleta. Desciende e increpan a la víctima solicitándole el celular y la moto, la víctima intentó defenderse y proteger a su novia, pero los imputados lo atacaron a golpes y le asestaron puñaladas lo que le produjo daños severos y como consecuencia el fallecimiento horas después del ataque.
Alegatos
En primer lugar, el fiscal de Juicio, Ernesto Lutens, realizó un breve relato de los hechos que fueron investigados, expresó que no hay discusión de la existencia del delito, de las heridas de arma blanca y del desenlace, mencionó la causa de muerte.
Con respecto a la autoría, dijo que no se cuestionó ni en la investigación ni en el juicio. Hizo referencia al trabajo de investigación realizado en la instrucción y a todos los elementos que vincularon a los imputados con el hecho. Dijo que no hay constancias de los cuestionamientos planteados por la Defensa en relación a la violación de garantías constitucionales y que el procedimiento se encuentra convalidado y el accionar del personal adecuado y correcto.
El representante del Ministerio Público Fiscal dijo que una manifestación espontánea de uno de los imputados permitió la recuperación de elementos y surgió la participación de las otras personas. Afirmó que la autoría no resiste análisis.
Hizo referencia al testimonio del profesional médico que atendió a la víctima que dio cuenta de las heridas, del estado del paciente y de la causa de muerte y que no hubo una interrupción del nexo causal como lo sostiene la Defensa.
El fiscal de Juicio manifestó que los tres imputados salieron con fines de robo, ejercieron violencia física ocasionándole heridas de arma blanca cuando la víctima se encontraba en estado de vulnerabilidad “se aprovecharon para asegurar el resultado y lograr impunidad”.
Agregó que no fue un accidente y que fue previsible, que hubo un reparto de tareas para llegar, reducir, atacar y huir.
Lutens solicitó que los tres jóvenes sean condenados a prisión perpetua por el delito de homicidio agravado criminis causa (un hecho), como atenuantes mencionó la falta de antecedentes y como agravantes, el número de atacantes y la nocturnidad que agravó la defensión de la víctima.
Luego la defensa de uno de los acusados, Javier Quiroga, dijo que su defendido en ningún momento tomó elementos sustraídos, que no participó del ataque, que fue ejecutado por los otros dos imputados.
Agregó que no existió un grado de intencionalidad y que no se dan los requisitos técnicos y jurídicos para hablar de un criminis causa. Por otro lado, aseveró que el Fiscal no precisó el rol específico de cada uno de ellos y resaltó las manifestaciones de uno de los imputados en el allanamiento.
Solicitó que en caso de condena, se aplique lo estipulado en el Art. 165 del Código Penal, es decir, homicidio en ocasión de robo. Por otra parte hizo reserva de presentar un recurso de casación.
Por último, la defensora de Juicio, Rocío Mediavilla, quien representa a dos acusados, sostuvo todo lo manifestado en los alegatos de apertura. Dijo que no se ha podido acreditar con el grado de certeza que se requiere en esta instancia lo solicitado por Fiscalía, no hubo dolo agregó.
Además, en su exposición cuestionó la investigación llevada a cabo por la Fiscalía de Instrucción que actuó en ese momento, y dijo que los procedimientos son nulos y que afectaron principios constitucionales, de legalidad, garantías, defensa en juicio, etc.
Por otra parte, hizo referencia a la cantidad de horas desde que la víctima ingresó al hospital hasta que fue intervenida, y dijo que si hubiera sido intervenido a tiempo, el resultado sería otro.
La defensora manifestó que este es un caso de homicidio en ocasión de robo, que no hubo intención de matarlo sino de apoderarse de bienes, que por la resistencia y la lucha la consecuencia fue la muerte. “El fin fue el robo, no la muerte”.
Agregó que no está acreditado qué rol cumplió cada uno. Solicitó que la calificación legal mute a homicidio en ocasión de robo y como atenuantes, mencionó la falta de antecedentes, la extrema vulnerabilidad de sus asistidos por una vida atravesada por la violencia, abusos, drogas y abandonos.
Fuente: Prensa Poder Judicial