El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dispuso la cesantía del psiquiatra Franco Mastronardi, quien se desempeñaba en el Cuerpo Profesional Forense del Poder Judicial, por haber ejercido su profesión en el ámbito privado en violación a las incompatibilidades establecidas por la ley. La medida fue formalizada mediante el Auto Interlocutorio Nº 31-STJSL-SA-2025 hace un par de días por un sumario que se le inició en septiembre 2024.


Hace poco más de un mes, Fiscalía de Estado pidió la investigación del profesional, ya que desde el Gobierno se detectó que habría emitido centenar de certificados médicos en poco más de un año. Se estima que estos documentos permitieron que empleados públicos provinciales se tomaran cerca de 3.000 días de licencia, 30 días por certificado en promedio.

Según el auto interlocutorio del STJ, la decisión de la cesantía de Mastronardi, se tomó luego de un sumario administrativo iniciado a partir de la denuncia de un médico de Edesal que informó la existencia de certificados médicos firmados por Mastronardi a favor de un empleado de esa firma. El diagnóstico en los certificados fue “F42.9” (trastorno obsesivo compulsivo no especificado) y autorizaban licencias laborales por 30 días. La pericia caligráfica confirmó que tanto el contenido como la firma eran del médico forense.

A lo largo de la investigación, también se acreditó que Mastronardi se encontraba activo como monotributista e inscripto en ingresos brutos en la categoría “servicios relacionados con la salud humana”, lo cual violaba la Ley Orgánica de Administración de Justicia, que prohíbe a empleados judiciales ejercer profesiones liberales y percibir ingresos por actividades privadas, especialmente cuando perciben el ítem de dedicación exclusiva, como era su caso.

Además, el profesional había sido sancionado disciplinariamente en dos oportunidades previas por hechos similares: en 2021 con una multa del 40% de su sueldo, y en 2022 con una suspensión sin goce de haberes por 30 días, por extender certificados médicos de manera indebida.

En su defensa, Mastronardi sostuvo que las leyes que prohíben el ejercicio de la práctica médica en simultáneo con funciones judiciales eran “injustas” y no generaban obligación moral de cumplimiento, lo que el Superior Tribunal consideró como una “actitud desaprensiva con la ley” y una justificación que “hace prever que continuará con la práctica reprochada”.

En consecuencia, el STJ concluyó que se encontraban acreditadas las faltas imputadas y aplicó la cesantía por considerar que la sanción era “razonable y proporcionada” a los hechos investigados. El acuerdo fue firmado digitalmente por los ministros Jorge Levingston, José L’Huillier, Andrea Monte Riso y Eduardo Allende.