La jueza de Garantía N° 4 de la Primera Circunscripción, Luciana Banó, ordenó la elevación a juicio de una causa que investiga el presunto homicidio de una adolescente de 17 años sucedido en La Toma, en febrero de 2024. Este jueves se desarrolló la audiencia de control, una instancia previa al debate oral, donde la Fiscalía de Género N° 1 de la ciudad de San Luis acusó formalmente a Leandro Oses y Adrián Rodríguez de ser los coautores del delito de abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte. Los acusados enfrentan la pena de prisión perpetua para ambos y la expresa exclusión del régimen de libertad condicional solicitada por la Fiscalía.


“Luego de haber transitado la etapa de investigación penal preparatoria, se tiene por acreditado, después de haber valorado la cuantiosa evidencia que hemos recolectado, que entre las 5 y las 7 de la mañana del día 20 de febrero del 2024, dentro del domicilio que alquilaba Rodríguez en el Barrio Barracas, calle Inti Huasi, ambos imputados sometieron sexualmente a la víctima y le produjeron luego su muerte”, dijo la fiscal María del Valle Durán.

La titular de la fiscalía especializada, acompañada de la fiscal adjunta Antonella Romagnoli, agregó que de toda la evidencia valorada “surge la probabilidad que se nos exige para presentar esta requisitoria y tener por acreditada la materialidad de este hecho y la autoría de Rodríguez y de Oses”. En la Sala de Oralidad se encontraba Nahuel Mora, hermano de Zoe.

La audiencia de control de acusación es una instancia clave del proceso penal prevista en el Código Procesal Penal de la provincia de San Luis. En esta etapa, las partes—Fiscalía, querella y defensa—presentaron y discutieron formalmente la acusación contra los dos imputados, definieron los hechos que se llevarán a juicio, la prueba que se producirá y los delitos que se les atribuyen.

Además, la jueza o juez de Garantía intervino para controlar que la acusación cumpla con los requisitos legales y garantizar el respeto de los derechos de las partes antes de que la causa avance a juicio oral. El expediente será elevado a la Oficina del Colegio de Jueces para que fije fecha para el desarrollo del debate.

Agravantes y atenuantes

A los fines de valorar los agravantes y atenuantes, la Fiscalía consideró, en el caso de Rodríguez, la ausencia de antecedentes condenatorios registrados, pero destacó como agravantes la extensión del daño causado, la comisión del hecho en conjunto con otra persona en un contexto de superioridad física, y una estructura de desigualdad y violencia de género.

También se ponderó la situación de especial vulnerabilidad de la víctima —por su edad, su condición de mujer y el estado en el que se encontraba—, así como el aprovechamiento de la relación de amistad y confianza previa entre las partes.

Respecto de Oses, se valoraron las mismas agravantes. La acusación también puso énfasis en la conducta posterior al hecho de ambos acusados, quienes habrían intentado ocultar información y eliminar evidencias, lo que, según el Ministerio Público, refuerza el reproche penal de su accionar.

Las defensas de los imputados, Guillermo Sánchez Pagano y Andrés Fernández en representación de Rodríguez, y Guillermo Levingston, por Oses, cuestionaron la acusación fiscal y algunos testigos ofrecidos por la Fiscalía.

Oses, presente en la sala, hizo uso de la palabra para informar que el abogado de la querella, Esteban Bustos, lo había representado en otra causa por robo que tramita en los tribunales de Villa Mercedes.

“El día del hecho hablé con Bustos y después no lo volví a ver más hasta que me enteré que representaba a la querella”, expresó. Por esto, Levingston acusó a su colega de prevaricato, dijo que lo tramitado en la causa era inválido y solicitó “la inmediata libertad de su defendido”. Banó rechazó el planteo por no encontrar contradicciones en el accionar de Bustos, aunque excluyó de los agravantes de Oses el haber sido imputado en otra causa.

Los hechos investigados

Durán reconstruyó las últimas horas de vida de la adolescente entre la noche del 19 de febrero y la madrugada del 20 de 2024. Para esas fechas, Rodríguez tenía 31 años y Oses, 24.

Según la teoría del caso de la Fiscalía, la noche del 19 de febrero, la víctima se encontraba en el Club Pringles de La Toma con Rodríguez y Oses. Compartían mates y miraban un partido de vóley.

Pasadas las 22:40, se retiraron del club junto a una amiga, quien se ofreció a llevarlos hasta una plaza saludable del pueblo. Desde allí, Zoe, Rodríguez y Oses se dirigieron a la vivienda del primero, ubicada en la calle Inti Huasi, en el Barrio Barracas. Allí, en un departamento ubicado en el fondo del terreno, pasaron las siguientes horas.

“Horario y lugar surge de las captaciones fílmicas. En ese lugar, estuvieran tomando bebidas alcohólicas, charlando y jugando videojuegos. A la 1:38 tenemos por acreditado que Rodríguez solicitó un delivery de bebidas alcohólicas, delivery que arribó al lugar a las 2:34 de la mañana ya del 20 de febrero. De los videos y fotografías que se recuperaron en la causa indican que los tres, Oses, Rodríguez y Zoe, estuvieron hasta al menos a las 4:30, que es el último video de la madrugada, charlando y jugando en la habitación de Rodríguez”, narró Durán.

Entre las 5 y las 7 de la mañana, según la fiscalía, Zoe fue víctima de un ataque sexual por parte de ambos imputados. En medio del forcejeo logró zafarse, pero al intentar escapar fue alcanzada por ellos entre la heladera y la mesa del comedor. En ese lugar, los acusados continuaron el abuso y finalmente, la asfixiaron.

Allí, según los informes forenses y médicos, se habría producido un ataque violento que culminó con su fallecimiento por asfixia. Los exámenes médicos constataron múltiples lesiones defensivas en el cuerpo de la víctima y escoriaciones compatibles en ambos acusados, lo que reforzaría la hipótesis de un forcejeo previo.

Además de las pruebas físicas, la Fiscalía hizo hincapié en diversas contradicciones detectadas en los relatos de los imputados, tanto en sus primeras declaraciones como en sus posteriores manifestaciones. En particular, se contrastaron sus dichos con registros de cámaras de seguridad, mensajes enviados desde sus dispositivos móviles y testigos que declararon haberlos visto esa mañana en circunstancias sospechosas.

La conducta posterior al hecho también fue objeto de análisis. La Fiscalía señaló intentos por parte de los imputados de desviar la investigación y encubrir lo sucedido, a través de comunicaciones que contenían información falsa y omisiones relevantes. Entre ellas, la demora en responder a mensajes de allegados a la víctima y el relato alterado sobre el último momento en que la habrían visto.

En esa recreación de los hechos, la fiscal dijo que los imputados no fueron a trabajar y estuvieron en el lugar planeando sus coartadas. “A las 8:50, Oses salió del domicilio llevando una mochila y se dirigió a su casa, mientras que Rodríguez permaneció en la vivienda y trasladó el cuerpo a la cama de la habitación”.

Según surge de la investigación, alrededor de las 10 de la mañana llegó a ese domicilio Nahuel Mora, hermano de Zoe. Presuntamente Rodríguez le dijo que había estado ahí, pero que ya se había retirado. Misma respuesta obtuvo una amiga de la víctima. Una hora después, el profesor del gimnasio donde asistía Zoe recibió un mensaje de Rodríguez donde le pedía que fuera urgente para su casa.

“El profesor quien en ese momento se encontraba junto a su hijo de 10 años llegó a la vivienda y Rodríguez lo condujo hasta la habitación donde vio a Zoe e inmediatamente salió del lugar y dio aviso a la policía”, informó la fiscal.

Fuente: Prensa Poder Judicial