Este lunes inició el debate oral contra Luis Ezequiel Becerra y Omar Alejandro Becerra, acusados de “homicidio calificado por criminis causae” en perjuicio de Cristian Alberto Esquivel.
El tribunal que lleva adelante el proceso está integrado por Fernando De Viana (presidente), José Luis Flores y Adriana Lucero Alfonso (vocales) del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial. La acusación está a cargo del fiscal de Juicio Nº 2, Fernando Rodríguez, mientras que los abogados Raúl Saravia y Héctor Zavala Agüero representan a Luis Ezequiel y a Omar Becerra, respectivamente.
En la apertura de la audiencia también intervino el defensor adjunto de Niñez y Adolescencia, Nahuel Lede Zajic, quien pidió apartarse del caso ya que Luis Ezequiel Becerra, que al momento del hecho era menor de edad, actualmente es mayor. La Fiscalía y las defensas no se opusieron y el tribunal aceptó el planteo.
La acusación
En sus alegatos iniciales, Rodríguez sostuvo la acusación bajo la figura de “homicidio calificado por criminis causae”, que prevé prisión perpetua. En el caso de Luis Becerra, que tenía 17 años al momento del hecho, se aplicará la Ley 22.278, lo que implica que, en caso de ser condenado, la pena será definida en una audiencia de cesura.
De acuerdo a la acusación, el crimen ocurrió la madrugada del 22 de febrero de 2024, cuando Esquivel salió de su casa en la ciudad de San Luis y fue interceptado por los hermanos en inmediaciones de Riobamba y Héroes de Malvinas. Tras un intento de robo, recibió múltiples puñaladas y murió poco después en el Hospital Ramón Carrillo.
El informe forense determinó que presentaba siete heridas punzocortantes y que falleció por un shock hipovolémico.
La defensa
Por su parte, las defensas plantearon una versión distinta: señalaron que Esquivel y los Becerra se habían citado para una “transacción comercial” de marihuana que derivó en un forcejeo entre la víctima y Luis. Argumentaron que Omar no participó del enfrentamiento y que solo observó desde una esquina.
También sostuvieron que el caso debe ser encuadrado como homicidio simple y no en la figura agravada que impulsa la Fiscalía. Además, remarcaron que la conducta de Luis estuvo atravesada por su edad, su consumo problemático de sustancias y una situación de vulnerabilidad que habría afectado su capacidad de control.
Lo que viene
El juicio continuará con la declaración de testigos, la incorporación de pruebas periciales y documentales, tras lo cual el tribunal deberá resolver la responsabilidad penal de los acusados.
Claves para entender el proceso
- Homicidio criminis causae: es el que se comete para ocultar otro delito o asegurar la impunidad de quien lo cometió.
- Audiencia de cesura: etapa en la que, una vez probada la culpabilidad, el tribunal determina la pena que corresponde aplicar.
- Ley 22.278: regula la responsabilidad penal de adolescentes. Establece que los menores de 16 años son inimputables y que los de entre 16 y 18 solo pueden responder por delitos graves. En caso de condena, la pena se fija en una audiencia de cesura teniendo en cuenta la edad y condición del acusado al momento del hecho.