El gobernador Claudio Poggi remitió este martes a la Legislatura tres proyectos de ley que forman parte del paquete de reforma judicial anunciado por el Ejecutivo provincial. Las iniciativas abordan distintos aspectos del funcionamiento del Poder Judicial: el sistema de notificaciones, la revisión de sentencias penales y el régimen de amparo.
Modernización del sistema de notificaciones
Uno de los proyectos propone modificar el régimen de notificaciones judiciales, con el objetivo de reducir tiempos y adaptar los procedimientos a la lógica del expediente electrónico.
La iniciativa establece como regla el domicilio procesal electrónico, es decir, el correo judicial de cada abogado, y habilita un mecanismo de notificación electrónica automatizada para la mayoría de las resoluciones. Las notificaciones al domicilio real quedarían reservadas para actos considerados sensibles, como demandas o citaciones personales.
Según los fundamentos del proyecto, el sistema actual puede generar demoras de hasta cinco días hábiles entre la emisión de una resolución y su notificación efectiva. El Ejecutivo sostiene que la automatización permitiría eliminar ese plazo y reducir la carga de trabajo del personal que hoy se dedica exclusivamente a confeccionar cédulas electrónicas.
La propuesta tiene origen en un trabajo realizado por el Superior Tribunal de Justicia, en conjunto con el Colegio Forense y los Colegios de Abogados.
Supresión del Tribunal de Impugnaciones penal
El segundo proyecto enviado por el gobernador propone eliminar el Tribunal de Impugnaciones penal y redistribuir sus funciones dentro de los Colegios de Jueces, que actuarían como órganos revisores.
La iniciativa plantea la creación de un Recurso de Revisión Horizontal, que sería resuelto por un tribunal de tres jueces sorteados. El mecanismo permitiría una revisión amplia de la sentencia sin reenvío a otro tribunal, buscando cumplir con el estándar de “doble conforme” establecido por la jurisprudencia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Los jueces que actualmente integran el Tribunal de Impugnación pasarían a sumarse a los Colegios de Jueces. El Gobierno argumenta que el cambio permitiría acelerar los juicios orales y optimizar el uso de los recursos judiciales.
Modificaciones a la Ley de Amparo
El tercer proyecto apunta a modificar la actual Ley de Amparo. La principal novedad es que ya no se podrá elegir libremente al juez, sino que la causa será asignada por turno o sorteo, con el fin de evitar la práctica conocida como “forum shopping”.
El juez competente será el de primera instancia del lugar donde el acto u omisión tenga efecto, con competencia civil, comercial, ambiental o laboral según corresponda. Cuando el amparo sea contra el Estado provincial, también se aplicará el sistema de asignación por turno o sorteo en la Primera Circunscripción.
El proyecto también propone ampliar de tres a cinco días hábiles el plazo para que la parte demandada presente el informe previsto en el artículo 7, equiparándolo a la contestación de una demanda común. Según el texto, la extensión busca mejorar el derecho de defensa sin afectar la rapidez del proceso.
Fuente: info de ANSL




