El Tribunal de Impugnaciones de la ciudad de San Luis advirtió el uso indebido de inteligencia artificial por parte de un abogado defensor que presentó jurisprudencia inexistente en un recurso de apelación y resolvió oficiar al Colegio de Abogados y Procuradores de San Luis para que evalúe su eventual responsabilidad disciplinaria. La decisión fue adoptada en el marco de una causa por abuso sexual en la que el Tribunal confirmó la resolución dictada el 31 de octubre de 2025 por la jueza provisoria de Garantías Nº 3, Natalia Lazarte Otero.


El recurso había sido interpuesto por la defensa del imputado, quien planteó supuesta arbitrariedad de la resolución, aplicación incorrecta de normas procesales y afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable. Si bien el Tribunal consideró que la apelación cumplía con los requisitos formales, concluyó que ninguno de los agravios resultaba procedente.

Durante el análisis, las juezas Yanina Del Viso y Laura Molino, y el juez Jorge Sabaini Zapata advirtieron que uno de los argumentos centrales del planteo se apoyaba en una supuesta doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conocida como “fallo Acosta”. Tras una búsqueda realizada incluso con intervención de la Secretaría de Jurisprudencia del máximo tribunal, se constató que la sentencia citada no existía en ninguna base oficial.

Ante esa situación, el Tribunal intimó al abogado Marcelo Estrada para que precisara la fuente de la jurisprudencia mencionada. De acuerdo a la resolución, el profesional no pudo aportar datos verificables y sólo solicitó que se desglosara la documentación presentada. Los magistrados señalaron que la inconsistencia detectada podría corresponder a una “alucinación” de un sistema de inteligencia artificial utilizado para la elaboración del escrito.

En su decisión, el Tribunal remarcó que la presentación de material jurídico generado por IA sin verificación previa compromete los deberes de probidad, lealtad y veracidad profesional. Por ese motivo, dispuso remitir copias de las actuaciones al Colegio de Abogados para que analice la eventual responsabilidad disciplinaria del letrado.

Asimismo, los magistrados encomendaron la difusión de una advertencia institucional sobre el uso responsable de herramientas de inteligencia artificial en el ejercicio forense, al considerar que la omisión de contrastar jurisprudencia o doctrina presentada ante los tribunales puede afectar la seguridad jurídica y el funcionamiento del sistema judicial.

El Tribunal también resolvió rechazar el recurso de apelación y confirmar en todos sus términos la resolución de la jueza de Garantías Nº 3. La causa continuará su trámite conforme al estado procesal vigente.

Durante la audiencia, la fiscal Antonella Córdoba (Fiscalía Especializada en Género Nº 2) había solicitado el rechazo de los planteos defensivos y sostuvo que las normas procesales resultan de aplicación inmediata, que no se configuró violación al principio de legalidad ni al plazo razonable, y que parte de las demoras del expediente estuvieron vinculadas a recursos interpuestos por la propia defensa. También advirtió que la jurisprudencia citada por el abogado no pudo ser localizada en repositorios oficiales.

Fuente: Prensa Poder Judicial