El Tribunal de Impugnaciones de la Primera Circunscripción Judicial confirmó la prisión preventiva por 120 días para un agente del Servicio Penitenciario imputado por los delitos de corrupción de menores agravada por el vínculo, abuso simple agravado por la convivencia y producción de representaciones de menores con fines sexuales. De esta manera, el tribunal rechazó el planteo presentado por la defensa del acusado.
La decisión fue adoptada por unanimidad por el tribunal integrado por la jueza Laura Molino, como presidenta, y los jueces Jorge Sabaini Zapata y Yanina Del Viso, como vocales. El cuerpo analizó el recurso de revisión presentado por el abogado defensor Héctor Zabala Agüero contra la resolución del juez de garantía Nº 3, Marcos Flores Leyes, quien había ordenado la medida de coerción.
En la audiencia intervinieron la Fiscalía de Instrucción Penal con competencia en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores Nº 2, representada por la fiscal Antonella Córdoba y la defensora adjunta Mercedes García; la Defensoría de Niñez y Adolescencia Nº 3, a cargo de Silvina García y la defensora adjunta Belén Suárez; además de la defensa técnica del imputado.
Durante la audiencia, el abogado defensor solicitó que se revise la prisión preventiva al considerar que el plazo de 120 días es excesivo y que no existen riesgos procesales que justifiquen la restricción de la libertad. También sostuvo que gran parte de las medidas de prueba ya fueron realizadas y que los dispositivos electrónicos vinculados a la investigación se encuentran secuestrados y bajo resguardo judicial, por lo que —según planteó— no habría posibilidad de interferir en la evidencia.
Asimismo, cuestionó que se haya invocado un eventual riesgo para las víctimas sin una explicación concreta y señaló que, a su entender, la cámara Gesell realizada en la causa no reflejaría indicadores de abuso respecto de una de las niñas mencionadas. Como alternativa, propuso que el imputado cumpla prisión domiciliaria en un domicilio distinto al lugar donde se habrían producido los hechos investigados.
Al responder al planteo, la fiscal Antonella Córdoba explicó que la investigación comenzó el 22 de octubre de 2025 y que tres días después se formularon cargos por los delitos mencionados.
Indicó además que durante la investigación se realizaron allanamientos en el domicilio del imputado y se secuestraron distintos dispositivos de almacenamiento digital que actualmente continúan siendo analizados por el área de delitos complejos. Según detalló, la causa involucra una gran cantidad de material audiovisual y fotográfico que debe ser examinado de manera individual por especialistas y parte de ese material habría sido registrado en el domicilio allanado.
La fiscal también señaló que aún resta peritar uno de los dispositivos secuestrados, particularmente un teléfono celular. Explicó que, por las características de la evidencia digital y los sistemas de almacenamiento remoto, existe la posibilidad de que el contenido pueda ser modificado o eliminado a distancia mediante el acceso a cuentas o servicios asociados al dispositivo. En ese sentido, advirtió que una eventual libertad del imputado —o incluso el cumplimiento de una prisión domiciliaria— podría generar un riesgo concreto de alteración o pérdida de información relevante para la investigación.
Por su parte, la defensora adjunta Mercedes García indicó que gran parte del material hallado corresponde a registros de carácter casero y que, además de una presunta víctima identificada, podrían existir otros niños o niñas que aún no han sido individualizados, por lo que se están realizando diligencias para determinar su identidad.
También señaló que el avance de la investigación se ha visto dificultado por la escasa colaboración del entorno familiar, lo que complejiza la identificación de posibles víctimas y la reconstrucción de los hechos.
En la audiencia, la Defensoría de Niñez y Adolescencia Nº 3 adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal y sostuvo que su intervención se justifica por la posible afectación de derechos de niños, niñas y adolescentes que podrían haber sido víctimas en el marco de la causa, incluso cuando algunos de ellos todavía no hayan sido plenamente identificados.
Desde ese organismo señalaron que la existencia de víctimas indeterminadas no implica que no existan, sino que la investigación aún no logró establecer con precisión su identidad. También advirtieron sobre el riesgo de entorpecimiento de la investigación, especialmente por la posibilidad de alteración remota de evidencia digital que todavía resta analizar y por la eventual influencia sobre testigos del entorno familiar.
Además, se opusieron a la alternativa de prisión domiciliaria al señalar que no existen informes socioambientales que permitan determinar quiénes viven en el domicilio ofrecido ni si allí residen niños, niñas o adolescentes, lo que impediría evaluar si esa medida podría neutralizar los riesgos procesales.
La decisión del tribunal
Al fundamentar la resolución, los jueces consideraron acreditado un riesgo procesal de entorpecimiento de la investigación, especialmente por el carácter intrafamiliar de los hechos investigados y por las medidas de prueba que aún restan producir.
También valoraron la solidez de la imputación, la gravedad de la calificación legal atribuida a los hechos y la expectativa de pena prevista para este tipo de delitos.
En relación con la propuesta de prisión domiciliaria, el tribunal concluyó que no existen elementos suficientes para considerar que esa medida pueda neutralizar los riesgos procesales.
Por último, los jueces solicitaron a los medios de comunicación extremar los recaudos al informar sobre la causa para evitar cualquier situación que pueda permitir la identificación de niños, niñas o adolescentes involucrados.
Cabe recordar que en el proceso penal rige el principio constitucional de presunción de inocencia, por el cual toda persona investigada debe ser considerada inocente hasta que una sentencia firme determine su responsabilidad. Asimismo, por tratarse de un caso que involucra a personas menores de edad, sus identidades se mantienen reservadas conforme a la normativa vigente.
Fuente: Prensa Poder Judicial




