Un tribunal del Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a un hombre de 40 años a cuatro años y dos meses de prisión por delitos vinculados a la tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil.


La audiencia de juicio abreviado se desarrolló el 30 de abril y la sentencia fue dictada el pasado 6 de mayo por las juezas Adriana Karina Lucero Alfonso, María del Valle Durán y Sandra Gabriela Ehrlich, luego de que el imputado admitiera los hechos, aceptara su responsabilidad penal y prestara conformidad con la pena acordada entre la Fiscalía y la defensa.

La investigación se inició el 21 de febrero de 2025 a partir de un reporte internacional remitido por el Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC), organismo que canaliza denuncias relacionadas con explotación sexual infantil y material de abuso sexual de menores detectado en plataformas digitales.

Según expuso el Ministerio Público Fiscal durante la audiencia, la cuenta denunciada estaba asociada al acusado mediante correos electrónicos, líneas telefónicas y registros de conexión a internet. A partir de allanamientos y pericias informáticas realizadas por el Departamento de Investigación de Delitos Complejos, se secuestraron teléfonos celulares, pendrives, computadoras y otros dispositivos electrónicos donde se hallaron numerosos videos e imágenes de abuso sexual infantil.

Los informes periciales determinaron además que el imputado no solo almacenaba el material, sino que también lo compartía a través de Telegram. En los dispositivos analizados se detectaron conversaciones privadas, grupos y canales relacionados con la temática, así como intercambios de archivos y búsquedas específicas de nuevo contenido.

El tribunal consideró acreditada la autoría a partir del reporte internacional, los registros de IP, la titularidad de líneas telefónicas, las actas de allanamiento y los análisis forenses incorporados a la causa.

La condena fue dictada por los delitos de facilitación y distribución de representaciones sexuales de menores de 18 años y tenencia de ese material, agravados por involucrar víctimas menores de 13 años, en concurso real.

En la resolución, las magistradas remarcaron que el artículo 128 del Código Penal protege la integridad sexual y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes frente a situaciones de explotación sexual y utilización de material pornográfico.

El condenado continuará alojado en el Servicio Penitenciario Provincial y la causa fue remitida al Juzgado de Ejecución para el cumplimiento de la pena.

No se brinda su identidad para proteger a las víctimas.