El Juzgado Federal de San Luis hizo lugar al planteo presentado por Identidad Radical, que incluye al exdiputado nacional José Riccardo y otros afiliados de la Unión Cívica Radical (UCR), y declaró la nulidad de las resoluciones N° 2, 3, 4 y 5 de 2026 dictadas por el Comité Ejecutivo Provincial del partido. El fallo concluyó que ese órgano carecía de competencia para modificar aspectos centrales de la Carta Orgánica y del proceso electoral interno, por lo que dejó sin efecto las medidas que habían sido posteriormente ratificadas por la Convención Provincial.

La resolución, firmada por el juez federal Juan Esteban Maqueda, representa un duro revés para la conducción partidaria encabezada por el ministro de Turismo y Cultura, Juan Álvarez Pinto, ya que invalida las decisiones que habían modificado el cronograma electoral y suspendido artículos de la Carta Orgánica de la UCR provincial.

La controversia se originó por una presentación realizada por Riccardo y otros afiliados, quienes sostienen que Álvarez Pinto no puede ejercer simultáneamente la presidencia de la UCR y el cargo de ministro de Turismo y Cultura del Gobierno provincial. El planteo se basa en el artículo 138 de la Carta Orgánica partidaria, que establece que los ministros y secretarios del Poder Ejecutivo no pueden integrar el Comité Ejecutivo Provincial. En paralelo a esa discusión, el sector de Riccardo también impugnó una serie de resoluciones que modificaban el cronograma electoral y suspendían artículos de la Carta Orgánica, lo que derivó en el fallo conocido este viernes.

Entre las resoluciones anuladas se encontraba la suspensión de los artículos 38, 52, 53 y 128 de la Carta Orgánica partidaria. Según sostuvo el magistrado, el Comité Ejecutivo Provincial no tenía facultades para realizar esas modificaciones, ya que la propia Carta Orgánica reserva esa atribución exclusivamente a la Convención Provincial.

El fallo también remarca que esos cambios afectaban derechos esenciales de los afiliados, como la representación, la alternancia, la previsibilidad y la participación en los procesos electorales internos. En particular, cuestionó que las modificaciones adelantaran la fecha de las elecciones internas y dejaran sin efecto la prohibición de reelección por más de dos mandatos consecutivos para la presidencia del Comité Ejecutivo Provincial y de los comités departamentales.

Además, el juez consideró que las resoluciones resultaban incompatibles con la Carta Orgánica Nacional de la UCR, la cual establece que ninguna autoridad partidaria puede apartarse de sus disposiciones y fija también el límite de dos períodos consecutivos para los cargos internos. Por ello concluyó que las modificaciones eran “insanablemente nulas”.

La sentencia también enumera diversas “irregularidades formales” en las resoluciones impugnadas. Entre ellas, menciona que una de las resoluciones no tenía fecha, que existían contradicciones entre las fechas fijadas para la Convención Provincial y para las elecciones internas, que las resoluciones presentaban errores cronológicos y que las planillas de asistencia de la Convención carecían de fecha, impidiendo determinar a qué sesión correspondían. El magistrado señaló que todas esas inconsistencias reforzaban la decisión de declarar la nulidad de los actos partidarios.

Teniendo en cuenta que el cronograma electoral avanzaba sobre la base de esas resoluciones ahora anuladas, el juez también habilitó la feria judicial de julio con el único fin de permitir la notificación del fallo y la eventual tramitación de recursos de apelación, debido a la inminencia de los plazos electorales internos.

La reacción de Riccardo
Tras conocerse la sentencia, Riccardo expresó su satisfacción por la decisión judicial y sostuvo que el fallo “reafirma un principio fundamental: en un partido político no puede haber dirigentes ni órganos por encima de la Carta Orgánica”.

El exdiputado también aseguró que “este fallo no representa una victoria personal ni sectorial. Es un triunfo de la institucionalidad, del Estado de Derecho y de todos los radicales que creemos que las diferencias políticas deben resolverse respetando las reglas que nos hemos dado”.

Finalmente, manifestó su expectativa de que la resolución permita normalizar la situación partidaria. “Confío en que esta decisión judicial permita iniciar una nueva etapa, basada en el diálogo, el respeto institucional y la pronta normalización de la vida partidaria, garantizando un proceso electoral transparente, participativo y plenamente ajustado a la legalidad”, afirmó.