La Cámara de Diputados sancionó por mayoría la iniciativa oficialista de Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y del Empleo (RIPEE), que establece un nuevo marco de promoción de inversiones y generación de empleo en la provincia.
El proyecto define como objetivo del régimen el fomento de la inversión y la generación de empleo en San Luis mediante instrumentos de promoción económica. Su alcance incluye actividades agropecuarias, apícolas, frutihortícolas, mineras, industriales, de la construcción, energéticas, logísticas, comerciales, turísticas, culturales y tecnológicas, entre otras.
Entre los principios que establece se encuentran el desarrollo territorial sustentable, la estabilidad y previsibilidad normativa, el desarrollo del empleo, el encadenamiento productivo y el uso de la política fiscal como herramienta para promover el desarrollo económico y la generación de puestos de trabajo.
El RIPEE declara además al desarrollo económico y del empleo como política de Estado de la provincia, con el objetivo de generar condiciones de estabilidad, previsibilidad normativa y seguridad jurídica para favorecer las inversiones y las actividades económicas.
Beneficios tributarios para nuevas inversiones
Uno de los principales capítulos del proyecto establece el Programa de Fomento a las Nuevas Inversiones. Los beneficiarios que presenten proyectos de inversión podrán acceder a exenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el Impuesto Inmobiliario y el Impuesto a los Automotores, Acoplados y Motocicletas.
La escala prevista establece una exención del 100% durante los primeros cinco años, del 75% entre el sexto y el décimo año y del 50% entre el undécimo y el decimoquinto año.
En el caso de Ingresos Brutos, el beneficio alcanzará a los ingresos generados por la nueva inversión, mientras que para los impuestos Inmobiliario y a los Automotores se aplicará sobre los bienes directamente afectados al proyecto.
El proyecto también contempla la exención del Impuesto de Sellos y de Tasas Administrativas para los actos, contratos, instrumentos y trámites vinculados con los proyectos aprobados. Si la inversión finalmente no se pone en marcha, los tributos oportunamente eximidos deberán ser abonados con los intereses, recargos y multas correspondientes.
Otra alternativa será el Programa de Incentivos Fiscales, destinado a proyectos que contemplen una inversión mínima equivalente a dos veces los impuestos provinciales devengados durante los 12 meses anteriores a su presentación.
En este caso, los beneficiarios podrán acceder a un crédito fiscal equivalente al 50% de los impuestos provinciales devengados durante los 12 meses posteriores a la aprobación del proyecto. El crédito tendrá carácter nominativo e intransferible y podrá utilizarse para cancelar obligaciones tributarias provinciales.
También incluye a la actividad industrial
El régimen incorpora una sección específica destinada a la actividad industrial, con una exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes que desarrollen actividades industriales en la provincia y cumplan con los requisitos establecidos.
Para conservar el beneficio, las empresas deberán asumir compromisos anuales relacionados con el personal, la inversión, la producción y la generación de vínculos con proveedores y clientes radicados en San Luis.
El proyecto establece que el incumplimiento de esos compromisos puede provocar la pérdida de la exención y la obligación de pagar el impuesto correspondiente con sus intereses y accesorios.
A su vez, las empresas que ya sean beneficiarias de regímenes anteriores podrán mantener los beneficios bajo las condiciones previstas por el nuevo régimen.
Un subsidio para incorporar trabajadores del Régimen de Inclusión Social
Uno de los puntos centrales del proyecto es la creación de un subsidio al empleo para los empleadores que incorporen a su plantilla, bajo el régimen laboral vigente, a personas comprendidas en el Régimen de Inclusión Social.
El aporte será equivalente al monto del beneficio social que perciba cada persona al momento de su incorporación. La incorporación deberá representar un incremento neto de la planta laboral y no podrá utilizarse para reemplazar trabajadores existentes.
El subsidio tendrá carácter temporal y decreciente: durante el primer año podrá alcanzar hasta el 100% del beneficio social vigente; durante el segundo año será de hasta el 75% durante el primer semestre y del 50% durante el segundo semestre.
Una vez finalizado ese período, el empleador deberá asumir íntegramente el costo laboral del trabajador incorporado.
Inmuebles fiscales para proyectos productivos
El proyecto también incorpora herramientas para que el Estado provincial pueda destinar inmuebles fiscales a inversiones y actividades económicas.
Los bienes del dominio privado del Estado podrán otorgarse mediante concesión de uso, locación, comodato, derecho real de superficie, venta u otros instrumentos jurídicos compatibles con los objetivos del régimen. Para las concesiones de uso, locaciones y comodatos se establece un plazo de hasta 20 años.
Además, se autoriza al Poder Ejecutivo a vender inmuebles fiscales destinados al desarrollo de actividades económicas mediante licitación pública, subasta pública, iniciativa privada o concurso de proyectos. También podrá recurrirse a la venta directa en determinados casos de urgencia, circunstancias sociales o económicas o razones de interés público debidamente acreditadas.
El producido de estas operaciones deberá destinarse a infraestructura productiva y/o social, fondos de garantía y programas de financiamiento de actividades económicas privadas. El proyecto establece expresamente que esos recursos no podrán utilizarse para financiar el gasto público corriente.
Herramientas de financiamiento
El RIPEE faculta al Poder Ejecutivo a implementar instrumentos destinados a facilitar el acceso al financiamiento de los proyectos comprendidos en el régimen.
Entre las herramientas previstas aparecen líneas de crédito de fomento, mecanismos para facilitar el acceso al financiamiento, asistencia para la reconversión de empresas, subsidios para bonificar tasas de interés, períodos de gracia y subsidios destinados a programas de capacitación de personal.
También se autoriza al Ejecutivo a crear, constituir o participar en fondos de garantía, fideicomisos y fondos de respaldo crediticio, entre otros instrumentos, con el objetivo de garantizar total o parcialmente operaciones de crédito, inversiones y necesidades de financiamiento de los proyectos alcanzados por el régimen.
Participación privada y compra de producción local
Otro de los capítulos incorporados en el proyecto habilita a las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM), Sociedades Anónimas Unipersonales pertenecientes al Estado y otros entes provinciales a participar en alianzas estratégicas con personas humanas o jurídicas del sector privado.
Además, se faculta al Poder Ejecutivo a disponer la transformación de determinados entes y sociedades estatales en SAPEM con el objetivo de permitir la incorporación de capital privado. El proyecto establece que deberán garantizarse la continuidad de las relaciones laborales existentes y el respeto de los convenios colectivos vigentes.
La iniciativa también autoriza al Estado provincial y a sus organismos a adquirir bienes producidos por empresas radicadas en San Luis mediante compulsa de precios o contratación directa, con el objetivo de promover el desarrollo económico y proteger el empleo local.
Mesas sectoriales
El RIPEE institucionaliza además Mesas Sectoriales como espacios de diálogo entre el Estado provincial y el sector privado.
El proyecto prevé mesas para sectores como industria, logística, comercio exterior y energías renovables; ganadería, agricultura y agroindustria; turismo, esparcimiento, industrias culturales y comercio; minería y mineroindustria; frutihorticultura y producción familiar; apicultura; e industrias de base tecnológica, industria del conocimiento e inteligencia artificial.
Estos espacios estarán integrados por representantes del sector público, privado, organizaciones no gubernamentales, entidades académicas y organismos científicos y tecnológicos vinculados con cada actividad.
Requisitos para acceder a los beneficios
El acceso a los beneficios no será automático. Las personas y empresas interesadas deberán presentar un proyecto de inversión vinculado con alguna de las actividades contempladas por el régimen.
Los proyectos deberán establecer los compromisos en materia de inversión, empleo, producción y vinculación con actores económicos provinciales. Además, serán evaluados en función del monto de la inversión, la conservación o generación de empleo y su impacto en la economía provincial.
La aprobación de los proyectos y el otorgamiento de los beneficios se formalizarán mediante Decreto del Poder Ejecutivo. Los beneficios podrán ser compatibles entre sí, aunque el Programa de Fomento a las Nuevas Inversiones y el Programa de Incentivos Fiscales serán excluyentes entre sí para un mismo sujeto y proyecto.
El proyecto también establece que los beneficios fiscales, promocionales o económicos otorgados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley conservarán su validez hasta su extinción, de acuerdo con las condiciones bajo las cuales fueron concedidos.
Articulación con los regímenes nacionales
El texto incorpora además la adhesión de San Luis al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) previsto en la Ley Nacional 27.802, siempre que resulte compatible con el régimen provincial.
También establece que los proyectos alcanzados por el RIMI o por el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) podrán solicitar su incorporación al RIPEE, aunque el acceso a los regímenes nacionales no generará automáticamente una acumulación de beneficios provinciales.
En materia laboral, el proyecto contempla que la regularización de relaciones laborales realizada en el marco del régimen nacional de promoción de inversiones podrá ser considerada como generación de nuevos puestos de trabajo, en las condiciones que determine la reglamentación.
Quién aplicará el régimen
La Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo y tendrá a su cargo la implementación, administración, evaluación, seguimiento y control del RIPEE.
Entre sus facultades estarán establecer los procedimientos para la presentación y evaluación de proyectos, administrar los beneficios, requerir información, realizar controles sobre los beneficiarios, aplicar medidas ante incumplimientos y coordinar acciones con organismos públicos y privados.
El proyecto también faculta al Ejecutivo a implementar políticas de simplificación y modernización administrativa, incluyendo la posibilidad de unificar, modificar o suprimir trámites y requisitos y disponer su digitalización y automatización.
Finalmente, la iniciativa invita a los municipios de la provincia a adherir al régimen y establece que la ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de San Luis.




